
Vol. 13/ Núm. 2 2026 pág. 1674
https://doi.org/10.69639/arandu.v13i2.2295
La responsabilidad solidaria y las operaciones con no
domiciliados de empresas del sector tecnología de Lima –
2024
Joint and several liability and transactions with non-residents of technology sector
companies in Lima - 2024
Grecia Geraldine Huamani Marchena
greciahumar@gmail.com
https://orcid.org/0000-0002-6127-4027
Facultad de Ciencias Contables de la
Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Perú – Lima
Artículo recibido: 10 mayo 2026- Aceptado para publicación:16 junio 2026
Conflictos de intereses: Ninguno que declarar.
RESUMEN
Objetivo: Determinar la relación entre la responsabilidad solidaria y las operaciones con sujetos
no domiciliados en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024. Métodos: La investigación
tuvo un enfoque cuantitativo, deductivo, básico y correlacional, con diseño no experimental y
transversal. La muestra estuvo conformada por 40 contadores del sector tecnología de Lima. Se
utilizaron análisis documental y encuestas procesadas en SPSS, aplicando Alfa de Cronbach,
Shapiro-Wilk y Rho de Spearman para analizar las variables estudiadas. Resultados: Los
resultados estadísticos evidenciaron correlaciones positivas altas y significativas entre la
responsabilidad solidaria y las operaciones con no domiciliados (ρ=0.793), agente de retención
(ρ=0.741), impuesto asumido (ρ=0.747) y acuerdo Gross Up (ρ=0.806), con significancias
menores a 0.001, confirmando las hipótesis planteadas en la investigación. Conclusión: Se
concluye que existe una relación significativa entre la responsabilidad solidaria y las operaciones
con sujetos no domiciliados en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024, debido a que
las constantes operaciones internacionales vinculadas con servicios digitales, licencias y
asistencia técnica incrementan la exposición a contingencias tributarias relacionadas con la
retención del Impuesto a la Renta, el impuesto asumido y la aplicación de acuerdos Gross Up,
afectando directamente la carga tributaria y financiera de las empresas domiciliadas.
Palabras clave: responsabilidad solidaria, operaciones, sujetos no domiciliados
ABSTRACT
Objective: To determine the relationship between joint and several liability and transactions with
non-resident entities in technology sector companies in Lima – 2024. Methods: The research

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employed a quantitative, deductive, basic, and correlational approach, with a non-experimental,
cross-sectional design. The sample consisted of 40 accountants from the technology sector in
Lima. Document analysis and surveys processed using SPSS were employed, applying
Cronbach's alpha, Shapiro-Wilk, and Spearman's rho to analyze the variables studied. Results:
The statistical results showed high and significant positive correlations between joint and several
liability and transactions with non-resident entities (ρ=0.793), withholding agent status (ρ=0.741),
assumed tax (ρ=0.747), and Gross Up agreement (ρ=0.806), with significance levels less than
0.001, confirming the hypotheses proposed in the research. Conclusion: It is concluded that there
is a significant relationship between joint and several liability and operations with non-resident
entities in companies in the technology sector in Lima – 2024, because the constant international
operations linked to digital services, licenses and technical assistance increase the exposure to tax
contingencies related to the withholding of Income Tax, the tax assumed and the application of
Gross Up agreements, directly affecting the tax and financial burden of resident companies.
Keywords: joint and several liability, transactions, non-resident entities
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INTRODUCCIÓN
Contexto internacional y nacional
En las últimas décadas, la globalización económica y el avance acelerado de la
transformación digital han generado un incremento significativo de las operaciones
internacionales realizadas entre empresas domiciliadas y proveedores no domiciliados. Este
fenómeno ha adquirido especial relevancia en el sector tecnología, debido a la creciente
contratación de servicios digitales transfronterizos como software as a service (SaaS), servicios
cloud, licencias de software, ciberseguridad, procesamiento de datos, inteligencia artificial y
consultorías tecnológicas especializadas. En este contexto, las administraciones tributarias a nivel
mundial enfrentan el desafío de fiscalizar adecuadamente operaciones digitales cuya naturaleza
intangible dificulta la determinación de la fuente de renta y el cumplimiento de obligaciones
tributarias (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos [OCDE], 2023).
A nivel internacional, diversos países han fortalecido sus mecanismos de control
tributario respecto de operaciones con sujetos no domiciliados, debido al riesgo de erosión de
bases imponibles y traslado de beneficios económicos hacia jurisdicciones extranjeras. Esta
situación ha generado una mayor presión sobre las empresas domiciliadas, particularmente
aquellas que actúan como agentes de retención del impuesto correspondiente a pagos efectuados
al exterior. En consecuencia, la responsabilidad solidaria adquiere importancia como mecanismo
jurídico destinado a garantizar el cumplimiento de la obligación tributaria y asegurar la
recaudación fiscal frente a posibles incumplimientos.
Sin embargo, en la práctica comercial internacional, los proveedores extranjeros suelen
exigir el pago íntegro de sus servicios, sin aceptar descuentos derivados de retenciones tributarias
aplicadas en el país del adquirente del servicio. Como resultado, muchas empresas domiciliadas
terminan asumiendo económicamente el impuesto correspondiente al no domiciliado mediante
cláusulas contractuales denominadas Gross Up, las cuales buscan garantizar que el proveedor
extranjero reciba el monto neto pactado. Esta situación genera un incremento significativo de
costos operativos, afectando la liquidez empresarial y generando contingencias tributarias
relacionadas con la deducibilidad del gasto y la eventual configuración de responsabilidad
solidaria.
En el Perú, el crecimiento de la economía digital y la modernización empresarial han
incrementado considerablemente la dependencia de servicios tecnológicos internacionales. Las
empresas del sector tecnología realizan constantemente operaciones con proveedores no
domiciliados para acceder a infraestructura digital, licencias de software, plataformas en la nube,
mantenimiento de sistemas y soluciones tecnológicas especializadas. Esta dinámica comercial ha
originado nuevas contingencias tributarias vinculadas con la obligación de retener el Impuesto a
la Renta correspondiente a rentas de fuente peruana generadas por sujetos no domiciliados.

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De acuerdo con el artículo 18 del Código Tributario, los agentes de retención son
responsables solidarios cuando omiten efectuar las retenciones tributarias exigidas por ley.
Asimismo, el artículo 47 de la Ley del Impuesto a la Renta establece que el impuesto asumido
correspondiente a terceros no constituye gasto deducible para efectos tributarios. En
consecuencia, cuando la empresa domiciliada asume económicamente el impuesto del proveedor
extranjero, no solo incrementa el costo real de la operación, sino que también enfrenta
limitaciones tributarias que afectan directamente la determinación de su Impuesto a la Renta.
En el sector tecnología, esta problemática resulta más compleja debido a la alta frecuencia
de operaciones internacionales y a la necesidad operativa de mantener relaciones comerciales con
proveedores globales. En muchos casos, las empresas domiciliadas aceptan cláusulas Gross Up
para evitar conflictos contractuales o interrupciones en la prestación de servicios esenciales para
su funcionamiento. No obstante, esta práctica genera una transferencia económica de la carga
tributaria hacia la empresa domiciliada, incrementando aproximadamente hasta en un 30% el
costo del servicio contratado, además del impacto adicional derivado de la no deducibilidad
tributaria del impuesto asumido.
Adicionalmente, esta situación puede originar contingencias frente a procesos de
fiscalización realizados por la SUNAT, debido a posibles cuestionamientos sobre la correcta
determinación de la obligación tributaria, la aplicación de retenciones y el tratamiento tributario
de los acuerdos contractuales celebrados con sujetos no domiciliados. Como consecuencia, las
empresas tecnológicas enfrentan riesgos financieros, tributarios y operativos que pueden afectar
su sostenibilidad económica y competitividad empresarial.
Frente a esta problemática, surge la necesidad de desarrollar el presente artículo
científico, debido a la limitada producción académica nacional relacionada con la interacción
entre responsabilidad solidaria, impuesto asumido y acuerdos Gross Up en operaciones con no
domiciliados dentro del sector tecnología. En este sentido, la investigación busca analizar cómo
la responsabilidad solidaria se relaciona con las operaciones con sujetos no domiciliados,
específicamente respecto del cumplimiento de las obligaciones del agente de retención, el
impuesto asumido y los acuerdos Gross Up en las empresas del sector tecnología de Lima durante
el año 2024.
Variable 1: Responsabilidad solidaria
La responsabilidad solidaria constituye una institución jurídico-tributaria que permite a
la Administración Tributaria exigir el cumplimiento íntegro de una deuda tributaria tanto al
contribuyente principal como a un tercero vinculado legalmente con dicha obligación. Esta figura
tiene como finalidad garantizar la recaudación tributaria y reducir el riesgo de incumplimiento
frente al fisco, permitiendo que la Administración pueda dirigirse indistintamente contra
cualquiera de los obligados solidarios. Según Córdova (2006), la solidaridad tributaria se
configura cuando dos o más sujetos se encuentran obligados al cumplimiento total de una misma

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obligación tributaria, sin que exista orden de prelación entre ellos. De igual manera, Fernández
(2007) sostiene que la responsabilidad solidaria busca proteger el interés fiscal, facultando a la
Administración Tributaria a perseguir simultáneamente el patrimonio del contribuyente y del
tercero responsable.
Desde la perspectiva normativa peruana, el artículo 9° del Código Tributario establece
que el responsable es aquel sujeto que, sin tener la condición de contribuyente, debe cumplir la
obligación atribuida a este último. Asimismo, el artículo 18° de la misma norma señala que los
agentes de retención o percepción serán responsables solidarios cuando omitan efectuar la
retención o percepción correspondiente. Una vez realizada la retención, el agente se convierte en
el único responsable frente a la Administración Tributaria respecto del importe retenido.
En ese sentido, la responsabilidad solidaria no solamente representa una obligación
formal de cumplimiento tributario, sino que también implica consecuencias económicas
relevantes para las empresas domiciliadas. Esto ocurre especialmente en operaciones
internacionales donde el proveedor no domiciliado exige el pago íntegro de la contraprestación
pactada, trasladando indirectamente la carga tributaria al sujeto domiciliado. Gonzales y Nava
(2015) precisan que el responsable solidario no goza del beneficio de excusión, razón por la cual
la Administración Tributaria puede exigirle directamente el pago de la deuda sin necesidad de
agotar previamente la cobranza frente al contribuyente principal.
En el contexto del sector tecnología, esta problemática adquiere mayor relevancia debido
a la constante contratación de servicios digitales y tecnológicos provenientes del exterior. Las
empresas tecnológicas domiciliadas en el Perú realizan operaciones frecuentes vinculadas con
licencias de software, servicios cloud, soporte remoto, ciberseguridad, inteligencia artificial y
plataformas digitales internacionales. Estas operaciones generan obligaciones tributarias
relacionadas con la retención del Impuesto a la Renta de no domiciliados, exponiendo a las
empresas a contingencias derivadas de la responsabilidad solidaria cuando no se efectúan
correctamente las retenciones exigidas por ley.
Por tanto, para efectos del presente artículo científico, la responsabilidad solidaria se
define como la obligación tributaria y económica asumida por las empresas del sector tecnología
domiciliadas en Lima, derivada del incumplimiento o asunción de la retención del Impuesto a la
Renta correspondiente a operaciones realizadas con sujetos no domiciliados durante el ejercicio
2024. Esta variable permite analizar cómo las obligaciones tributarias internacionales pueden
afectar la situación financiera, tributaria y operativa de las empresas tecnológicas.
Variable 2: Operaciones con sujetos no domiciliados
Las operaciones con sujetos no domiciliados comprenden el conjunto de relaciones
económicas, contractuales y comerciales celebradas entre empresas domiciliadas en el Perú y
personas naturales o jurídicas extranjeras que no poseen residencia fiscal en territorio nacional.
Conforme a la Ley del Impuesto a la Renta, los contribuyentes no domiciliados únicamente

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tributan por las rentas consideradas de fuente peruana, mientras que los sujetos domiciliados se
encuentran afectos al impuesto respecto de sus rentas de fuente mundial.
Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE, 2023),
la transformación digital de la economía mundial ha incrementado significativamente las
operaciones transfronterizas vinculadas con servicios digitales, asistencia técnica y comercio
electrónico, generando nuevos desafíos para los sistemas tributarios tradicionales. Del mismo
modo, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL, 2024) sostiene que el
crecimiento de la economía digital ha provocado una mayor dependencia empresarial respecto de
proveedores tecnológicos internacionales, especialmente en sectores intensivos en innovación y
automatización.
En el caso peruano, las empresas del sector tecnología recurren frecuentemente a
proveedores no domiciliados para acceder a servicios especializados como software empresarial,
plataformas digitales, infraestructura cloud, servicios SaaS, almacenamiento de datos,
inteligencia artificial, mantenimiento remoto y ciberseguridad. Estas operaciones pueden
configurar rentas de fuente peruana conforme al artículo 9° de la Ley del Impuesto a la Renta,
generando la obligación de retener y pagar el impuesto correspondiente a favor de la SUNAT.
No obstante, en la práctica comercial internacional, muchos proveedores extranjeros
exigen recibir el importe íntegro pactado contractualmente, sin admitir deducciones derivadas de
retenciones tributarias locales. Esta situación genera conflictos entre las exigencias contractuales
internacionales y el cumplimiento de las obligaciones tributarias peruanas, ocasionando que las
empresas domiciliadas asuman económicamente el impuesto correspondiente al proveedor
extranjero.
Asimismo, las operaciones con sujetos no domiciliados presentan una complejidad
tributaria especial debido a la naturaleza intangible de los servicios digitales y a la dificultad para
determinar la fuente generadora de renta. La OCDE (2022) señala que los criterios tradicionales
de territorialidad y presencia física resultan insuficientes frente a los modelos de negocio digitales,
razón por la cual las administraciones tributarias han incrementado sus mecanismos de control y
fiscalización respecto de las operaciones internacionales.
En consecuencia, para efectos del presente artículo científico, las operaciones con sujetos
no domiciliados se conceptualizan como el conjunto de transacciones económicas realizadas por
empresas tecnológicas domiciliadas en Lima con proveedores extranjeros, las cuales generan
obligaciones relacionadas con la retención del Impuesto a la Renta, el reconocimiento del
impuesto asumido y la aplicación de cláusulas contractuales Gross Up.
Dimensiones de la Variable 2 - Operaciones con sujetos no domiciliados
Dimensión 1: Agente de retención
El agente de retención es la persona natural o jurídica que, por mandato legal, se encuentra
obligada a retener y entregar al Estado el impuesto correspondiente a las rentas pagadas a terceros.

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Conforme al inciso c) del artículo 71° de la Ley del Impuesto a la Renta, califican como agentes
de retención las personas o entidades que paguen o acrediten rentas de cualquier naturaleza a
beneficiarios no domiciliados. Asimismo, el artículo 76° de la misma norma dispone que quienes
paguen o acrediten rentas de fuente peruana a sujetos no domiciliados deberán efectuar la
retención y el pago del impuesto dentro de los plazos establecidos por el Código Tributario.
La figura del agente de retención cumple una función esencial dentro del sistema
tributario peruano, debido a que actúa como mecanismo de control y aseguramiento de la
recaudación fiscal en operaciones internacionales. Según el Centro Interamericano de
Administraciones Tributarias (CIAT, 2018), los mecanismos de retención permiten reducir
riesgos de evasión tributaria y fortalecer la eficiencia de las administraciones fiscales en contextos
de globalización económica.
En el sector tecnología, esta dimensión adquiere especial relevancia debido a la
frecuencia con la que las empresas domiciliadas realizan pagos al exterior por servicios digitales
especializados. La contratación de servicios cloud, licencias de software, soporte remoto,
plataformas digitales y consultorías tecnológicas incrementa significativamente la exposición a
obligaciones de retención del Impuesto a la Renta de no domiciliados.
Desde la perspectiva tributaria, el incumplimiento de las obligaciones del agente de
retención puede originar sanciones, intereses moratorios y la configuración de responsabilidad
solidaria frente a la Administración Tributaria. En consecuencia, las empresas tecnológicas deben
implementar mecanismos de control interno orientados a identificar correctamente la naturaleza
del servicio contratado, determinar si existe renta de fuente peruana y aplicar adecuadamente la
tasa de retención correspondiente.
Por ello, en el presente estudio, la dimensión agente de retención se define como el
conjunto de obligaciones tributarias relacionadas con la identificación, cálculo, retención,
declaración y pago del Impuesto a la Renta aplicable a operaciones realizadas con sujetos no
domiciliados.
Dimensión 2: Impuesto asumido
El impuesto asumido se configura cuando la empresa domiciliada asume
económicamente el Impuesto a la Renta correspondiente al sujeto no domiciliado, debido a que
el proveedor extranjero exige recibir el importe íntegro pactado sin afectación por retenciones
tributarias locales. Esta situación implica que el sujeto domiciliado no solo cumple con efectuar
el pago del tributo ante la Administración Tributaria, sino que además soporta financieramente
una obligación que legalmente corresponde al beneficiario extranjero.
El artículo 47° de la Ley del Impuesto a la Renta establece que el contribuyente no podrá
deducir de la renta bruta el impuesto asumido que corresponda a un tercero, salvo determinadas
excepciones relacionadas con intereses derivados de operaciones de crédito internacional. Del

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mismo modo, el artículo 44° de la misma norma considera que el impuesto asumido constituye
un gasto no deducible para efectos de la determinación de la renta imponible empresarial.
Desde una perspectiva económica, el impuesto asumido representa una transferencia
indirecta de la carga tributaria hacia la empresa domiciliada. El CIAT (2018) señala que este tipo
de mecanismos puede afectar la estructura de costos empresariales, alterar la eficiencia económica
y generar distorsiones relacionadas con la capacidad contributiva de los sujetos involucrados.
En empresas del sector tecnología, esta problemática resulta especialmente relevante
debido a la dependencia operativa respecto de proveedores tecnológicos internacionales. La
necesidad de mantener continuidad operativa y competitividad empresarial genera que muchas
organizaciones acepten asumir económicamente el impuesto correspondiente al proveedor
extranjero, incrementando considerablemente el costo real de la operación internacional.
Asimismo, esta situación puede afectar la liquidez empresarial, reducir márgenes de
rentabilidad y generar contingencias tributarias vinculadas con reparos fiscales y fiscalizaciones
posteriores por parte de la SUNAT. Por ello, el impuesto asumido no solamente representa una
carga tributaria adicional, sino también un riesgo financiero y operativo para las empresas
tecnológicas.
En consecuencia, para el presente artículo científico, la dimensión impuesto asumido se
conceptualiza como la carga económica y tributaria asumida por las empresas domiciliadas del
sector tecnología respecto del Impuesto a la Renta correspondiente a proveedores no domiciliados
en operaciones internacionales.
Dimensión 3: Acuerdo Gross Up
El acuerdo Gross Up constituye una cláusula contractual utilizada en operaciones
internacionales mediante la cual la empresa domiciliada incrementa el monto pactado de la
contraprestación para garantizar que el proveedor no domiciliado reciba el importe neto acordado,
libre de cualquier afectación tributaria derivada de retenciones locales. Fernández (2017) sostiene
que este mecanismo permite que el sujeto no domiciliado perciba íntegramente la
contraprestación deseada sin sufrir disminuciones económicas por efecto del Impuesto a la Renta
aplicado en el país de la fuente.
De igual manera, Leyva (2021) señala que el Gross Up constituye un acuerdo privado
mediante el cual la empresa domiciliada asume financieramente el impuesto correspondiente al
proveedor extranjero, incrementando la base de cálculo de la operación internacional. Este
mecanismo es frecuente en contratos internacionales relacionados con servicios digitales,
asistencia técnica y licencias tecnológicas.
El Tribunal Fiscal peruano, mediante la RTF N.° 11406-10-2021, reconoce que el Gross
Up genera un monto adicional que incrementa la base imponible del Impuesto a la Renta,
evidenciando que la empresa domiciliada asume económicamente la carga tributaria
correspondiente al no domiciliado. Asimismo, la RTF N.° 11267-10-2021 establece que esta

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cláusula es válida dentro de las relaciones contractuales privadas, aunque no modifica las
obligaciones tributarias frente a la Administración Tributaria.
Desde la perspectiva económica, el Gross Up responde al principio de neutralidad
tributaria, debido a que busca sincerar el costo real de la operación internacional. El Ministerio
de Economía y Finanzas (MEF, 2024) sostiene que este mecanismo permite reflejar
adecuadamente el costo económico asumido por la empresa domiciliada en operaciones
internacionales. No obstante, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP, 2024) advierte que el
uso excesivo de este tipo de mecanismos puede afectar la transparencia fiscal y distorsionar la
capacidad contributiva real de las partes involucradas.
En las empresas del sector tecnología, el acuerdo Gross Up se ha convertido en una
práctica frecuente debido a la necesidad de contratar proveedores tecnológicos internacionales
que exigen el pago íntegro de sus servicios. Sin embargo, aunque este mecanismo permite reducir
conflictos contractuales y garantizar la continuidad operativa, no elimina las contingencias
tributarias derivadas de la no deducibilidad del impuesto asumido ni la eventual configuración de
responsabilidad solidaria.
Por ello, en el presente artículo científico, la dimensión acuerdo Gross Up se define como
el mecanismo contractual mediante el cual las empresas tecnológicas domiciliadas incrementan
la base de cálculo del pago efectuado a proveedores no domiciliados, asumiendo económicamente
el Impuesto a la Renta correspondiente con la finalidad de garantizar el importe neto pactado
contractualmente.
Justificación y objetivos de la Investigación:
Por lo antes mostrado, el Objetivo General es “Determinar la relación entre la
responsabilidad solidaria y las operaciones con sujetos no domiciliados en las empresas del sector
tecnología de Lima – 2024”. Asimismo, el Objetivo Especifico 1 es “Determinar la relación entre
la responsabilidad solidaria y el cumplimiento de las obligaciones del agente de retención en las
empresas del sector tecnología de Lima – 2024”. Por otro lado, el Objetivo Especifico 2 es
“Determinar la relación entre la responsabilidad solidaria y el impuesto asumido en las
operaciones con sujetos no domiciliados de las empresas del sector tecnología de Lima – 2024”.
Finalmente, el Objetivo Especifico 3 es “Determinar la relación entre la responsabilidad solidaria
y los acuerdos Gross Up en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024”.
La presente investigación se justifica teóricamente debido a que busca aportar
conocimiento especializado sobre la responsabilidad solidaria y su relación con las operaciones
realizadas con sujetos no domiciliados en las empresas del sector tecnología de Lima durante el
año 2024. En la actualidad, el crecimiento de la economía digital y la contratación internacional
de servicios tecnológicos han generado nuevas contingencias tributarias vinculadas con la
obligación de retener el Impuesto a la Renta a proveedores extranjeros. Sin embargo, existe
limitada producción académica nacional orientada a analizar los efectos económicos y tributarios

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derivados de la responsabilidad solidaria, el impuesto asumido y la aplicación de acuerdos Gross
Up en operaciones internacionales.
Asimismo, la investigación permitirá fortalecer el desarrollo doctrinario relacionado con
el tratamiento tributario de las operaciones con no domiciliados, especialmente respecto de la
aplicación del artículo 18° del Código Tributario y el artículo 47° de la Ley del Impuesto a la
Renta. Del mismo modo, contribuirá a comprender cómo la normativa tributaria peruana prioriza
la recaudación fiscal mediante la figura de la responsabilidad solidaria, generando efectos
económicos sobre las empresas domiciliadas que asumen el costo del impuesto correspondiente
al proveedor extranjero. En consecuencia, el estudio permitirá ampliar el análisis teórico sobre
principios tributarios como equidad, capacidad contributiva y razonabilidad en operaciones
internacionales del sector tecnología.
La investigación posee relevancia práctica debido a que proporcionará una guía técnica
y tributaria para las empresas del sector tecnología que realizan operaciones con sujetos no
domiciliados. En ese sentido, el estudio permitirá comprender las implicancias económicas
derivadas de la responsabilidad solidaria, el impuesto asumido y los acuerdos Gross Up,
facilitando una adecuada toma de decisiones respecto del tratamiento tributario aplicable a
operaciones internacionales.
Asimismo, la investigación contribuirá al desarrollo de estrategias de planeamiento
tributario orientadas a reducir contingencias fiscales relacionadas con la omisión de retenciones,
reparos tributarios y gastos no deducibles. La aplicación adecuada de acuerdos Gross Up permitirá
sincerar económicamente el costo real de las operaciones internacionales y evitar conflictos
contractuales con proveedores extranjeros que exigen recibir el importe íntegro pactado. De esta
manera, el estudio permitirá que las empresas tecnológicas puedan cumplir correctamente con las
obligaciones tributarias establecidas por la SUNAT, reduciendo riesgos financieros y
fortaleciendo la sostenibilidad económica de sus operaciones internacionales.
La presente investigación presenta limitaciones relacionadas con la escasa información
doctrinaria y jurisprudencial vinculada con la aplicación práctica de los acuerdos Gross Up en
operaciones realizadas con sujetos no domiciliados dentro del sector tecnología. Asimismo, existe
limitada casuística nacional relacionada con el impacto tributario y financiero derivado de la
responsabilidad solidaria en este tipo de operaciones internacionales.
Del mismo modo, se identificó una limitada disponibilidad de resoluciones emitidas por
el Tribunal Fiscal relacionadas específicamente con el tratamiento tributario del impuesto
asumido y la aplicación de cláusulas Gross Up en empresas tecnológicas. Esta situación evidencia
que el tema ha sido desarrollado principalmente desde el ámbito contractual y legal, existiendo
pocos estudios orientados al análisis económico y tributario de dichas operaciones.

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MATERIALES Y MÉTODOS
La presente investigación se desarrolló bajo un enfoque cuantitativo, debido a que tuvo
como finalidad medir y analizar estadísticamente la relación existente entre la responsabilidad
solidaria y las operaciones con sujetos no domiciliados en las empresas del sector tecnología de
Lima durante el año 2024. Este enfoque permitió recopilar información objetiva mediante datos
numéricos, facilitando la evaluación de las variables y dimensiones propuestas a través de
procedimientos estadísticos. Según Polonia (2021), el enfoque cuantitativo se caracteriza por
utilizar métodos de medición y análisis estadístico con la finalidad de explicar fenómenos
observables, identificar patrones de comportamiento y comprobar relaciones entre variables
previamente definidas.
Asimismo, la investigación adoptó un enfoque deductivo, debido a que partió de
fundamentos teóricos, doctrinarios y normativos relacionados con la responsabilidad solidaria, el
impuesto asumido y las operaciones con no domiciliados, para posteriormente contrastarlos en un
contexto específico mediante la aplicación de instrumentos dirigidos a profesionales
especializados en materia contable y tributaria. En ese sentido, el estudio permitió evaluar cómo
las disposiciones establecidas en el Código Tributario y la Ley del Impuesto a la Renta se
manifiestan en la práctica empresarial de las organizaciones tecnológicas.
Respecto al tipo de investigación, esta fue de naturaleza básica, ya que buscó ampliar el
conocimiento científico relacionado con la responsabilidad solidaria y las operaciones
internacionales realizadas con sujetos no domiciliados en el ámbito tributario peruano. Según
Polonia (2021), la investigación básica tiene como propósito generar nuevos conocimientos
teóricos y fortalecer el desarrollo doctrinario sobre fenómenos específicos, sin perseguir
necesariamente una aplicación inmediata. En este caso, el estudio permitió profundizar el análisis
tributario y financiero vinculado con las retenciones del Impuesto a la Renta, el impuesto asumido
y la aplicación de acuerdos Gross Up en empresas del sector tecnología.
Del mismo modo, el nivel de investigación fue correlacional, debido a que se orientó a
determinar el grado de relación existente entre las variables de estudio y sus dimensiones. A través
de este nivel de investigación se buscó identificar el comportamiento conjunto de la
responsabilidad solidaria y las operaciones con no domiciliados, permitiendo establecer
tendencias y asociaciones estadísticas relevantes para el análisis tributario empresarial.
En cuanto al diseño metodológico, la investigación fue no experimental y de corte
transversal. Cohen y Gómez (2019) sostienen que los estudios no experimentales se desarrollan
observando los fenómenos en su contexto natural, sin manipular deliberadamente las variables
investigadas. Asimismo, el diseño transversal se caracteriza por recopilar información en un único
momento temporal, permitiendo analizar la situación de las variables dentro de un período
específico. En consecuencia, la investigación evaluó la relación entre la responsabilidad solidaria

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y las operaciones con no domiciliados considerando la realidad empresarial del sector tecnología
durante el ejercicio 2024.
La unidad de estudio estuvo conformada por empresas del sector tecnología de Lima
relacionadas con operaciones internacionales y contratación de servicios prestados por sujetos no
domiciliados. La población estuvo integrada por contadores y profesionales del área tributaria
pertenecientes a dichas empresas; sin embargo, la investigación se enfocó específicamente en
aquellos especialistas con experiencia en operaciones con no domiciliados, retenciones tributarias
y responsabilidad solidaria. La muestra estuvo conformada por 40 contadores, seleccionados
mediante un muestreo no probabilístico por conveniencia, considerando la accesibilidad de los
participantes y el conocimiento técnico requerido para el desarrollo del estudio (Hernández et al.,
2014).
Para la recolección de información se utilizaron técnicas como el análisis documental y la
encuesta. El análisis documental permitió revisar normas tributarias, doctrina especializada,
resoluciones del Tribunal Fiscal y antecedentes vinculados con operaciones internacionales y
responsabilidad solidaria. Asimismo, la encuesta fue aplicada mediante un cuestionario
estructurado orientado a obtener información relacionada con las variables y dimensiones
propuestas en la investigación. Para el procesamiento estadístico de los datos se utilizó el software
SPSS, herramienta que permitió organizar, tabular y analizar la información recopilada.
Finalmente, el análisis estadístico comprendió la aplicación del coeficiente Alfa de
Cronbach para determinar la confiabilidad del instrumento de recolección de datos, la prueba de
normalidad Shapiro-Wilk para verificar la distribución de los datos y el coeficiente Rho de
Spearman para establecer el nivel de relación existente entre la responsabilidad solidaria y las
operaciones con sujetos no domiciliados en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Análisis de fiabilidad
Los resultados obtenidos mediante el coeficiente Alfa de Cronbach evidencian un
adecuado nivel de confiabilidad interna de los instrumentos utilizados en la investigación. En el
primer cuadro se observa un Alfa de Cronbach de 0.864 para un total de 12 elementos evaluados,
mientras que en el segundo cuadro se obtuvo un coeficiente de 0.804 también con 12 elementos.
Estos resultados permiten afirmar que ambos instrumentos presentan una consistencia interna
aceptable y adecuada para su aplicación en el estudio relacionado con la responsabilidad solidaria
y las operaciones con sujetos no domiciliados en las empresas del sector tecnología de Lima –
2024.
El Alfa de Cronbach constituye una prueba estadística ampliamente utilizada para medir
la confiabilidad de un instrumento de recolección de datos, evaluando el nivel de correlación
existente entre los ítems que conforman cada variable. Según Hernández et al. (2014), un

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coeficiente superior a 0.70 indica que el instrumento posee una adecuada consistencia interna,
permitiendo concluir que los ítems guardan relación entre sí y miden de manera uniforme el
fenómeno investigado.
En ese sentido, el resultado de 0.864 obtenido en el primer instrumento evidencia un nivel
alto de confiabilidad, lo cual demuestra que los ítems relacionados con la variable evaluada
presentan estabilidad y coherencia en sus respuestas. Este resultado indica que las preguntas
formuladas permiten medir adecuadamente el comportamiento de la variable dentro de la
población estudiada. Por otro lado, el segundo instrumento alcanzó un Alfa de Cronbach de 0.804,
resultado que también refleja una confiabilidad adecuada y estadísticamente aceptable. Aunque
el valor es ligeramente inferior al primero, continúa ubicándose dentro de los parámetros
recomendados por la literatura metodológica para investigaciones cuantitativas de nivel
correlacional.
Prueba de normalidad
La Tabla 1 presenta los resultados de la prueba de normalidad Shapiro-Wilk aplicada a
las variables y dimensiones del estudio relacionado con la responsabilidad solidaria y las
operaciones con sujetos no domiciliados en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024.
Esta prueba estadística tuvo como finalidad determinar si los datos recopilados mediante las 40
encuestas presentan una distribución normal, permitiendo establecer el tipo de estadística
inferencial adecuada para el análisis de hipótesis.
• Ho: La muestra tiene distribución normal
• H₁: La muestra no tiene distribución normal
Tabla 1
Prueba de normalidad (Shapiro-Wilk)
Estadístico gl Sig.
Variable 1: Responsabilidad solidaria 0.212 40 0.000
Variable 2: Operaciones con no domiciliados 0.264 40 0.000
D1: Agente de retención 0.239 40 0.000
D2: Impuesto asumido 0.233 40 0.000
D3: Acuerdo Gross Up 0.182 40 0.002
Nota. Elaborado mediante el software SPSS, con base en 40 encuestas.
En la formulación de hipótesis de la prueba de normalidad se planteó como hipótesis nula
(Ho) que la muestra presenta distribución normal y como hipótesis alterna (H₁) que la muestra no
presenta distribución normal. Para aceptar o rechazar dichas hipótesis se consideró un nivel de
significancia de 0.05. En este sentido, si el valor de significancia (Sig.) es menor a 0.05, se rechaza
la hipótesis nula y se concluye que los datos no presentan distribución normal.
Los resultados obtenidos evidencian que todas las variables y dimensiones presentan
valores de significancia inferiores a 0.05. La variable 1: Responsabilidad solidaria obtuvo una

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significancia de 0.000; la variable 2: Operaciones con no domiciliados alcanzó 0.000; la
dimensión D1: Agente de retención presentó 0.000; la dimensión D2: Impuesto asumido obtuvo
0.000; y la dimensión D3: Acuerdo Gross Up registró un valor de 0.002. Estos resultados permiten
rechazar la hipótesis nula en todos los casos y aceptar la hipótesis alterna, concluyendo que los
datos analizados no presentan una distribución normal.
Asimismo, los resultados evidencian que las respuestas obtenidas de los encuestados
presentan comportamientos no paramétricos, característica frecuente en investigaciones sociales
y tributarias desarrolladas mediante escalas tipo Likert. En consecuencia, al no cumplirse el
supuesto de normalidad, corresponde utilizar pruebas estadísticas no paramétricas para el análisis
inferencial de las hipótesis de investigación. Por ello, la investigación empleó el coeficiente Rho
de Spearman como técnica estadística adecuada para determinar el nivel de relación existente
entre la responsabilidad solidaria y las operaciones con sujetos no domiciliados, así como entre
sus respectivas dimensiones.
Hipótesis General
Se muestra la hipótesis nula a continuación como H0. Asimismo, se plantea la hipótesis
alterna como H1, las cuales se derivan del objetivo general:
• H0: La responsabilidad solidaria no se relaciona significativamente con las operaciones con
sujetos no domiciliados en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024.
• H1: La responsabilidad solidaria se relaciona significativamente con las operaciones con
sujetos no domiciliados en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024.
Tabla 2
Prueba de Hipótesis General
Operaciones con no domiciliados
Responsabilidad
solidaria
Coeficiente de correlación
Spearman 0.793
Sig. (bilateral) <0.001
N 40
Nota. Se realizó el coeficiente de correlación de Spearman mediante SPSS, de la data obtenida mediante la encuesta.
La Tabla 2 muestra los resultados de la prueba de hipótesis general aplicada para
determinar la relación entre la responsabilidad solidaria y las operaciones con sujetos no
domiciliados en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024. Para ello, se utilizó el
coeficiente Rho de Spearman, debido a que previamente la prueba de normalidad evidenció que
los datos no presentaban distribución normal.
Los resultados obtenidos evidencian un coeficiente de correlación de Spearman de 0.793,
valor que representa una correlación positiva alta entre ambas variables. Asimismo, el nivel de
significancia bilateral fue menor a 0.001, resultado inferior al nivel de significancia de 0.05
establecido para la investigación. En consecuencia, se rechaza la hipótesis nula (H0) y se acepta

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la hipótesis alterna (H1), concluyendo que existe una relación significativa entre la
responsabilidad solidaria y las operaciones con sujetos no domiciliados en las empresas del sector
tecnología de Lima – 2024.
Estos resultados permiten interpretar que, mientras mayor sea la incidencia de
operaciones internacionales realizadas con proveedores no domiciliados, mayor será también la
exposición de las empresas tecnológicas a contingencias vinculadas con la responsabilidad
solidaria. Esto ocurre debido a que las operaciones con servicios digitales, software,
infraestructura cloud y asistencia técnica extranjera generan obligaciones de retención del
Impuesto a la Renta, pudiendo originar responsabilidad solidaria cuando la empresa domiciliada
asume el impuesto o incumple adecuadamente con las retenciones tributarias exigidas por la
normativa peruana.
Hipótesis Especifica 1
Se muestra la hipótesis nula a continuación como H0. Asimismo, se plantea la hipótesis
alterna como H1, las cuales se derivan del objetivo específico 1:
• H0: La responsabilidad solidaria no se relaciona significativamente con el cumplimiento de
las obligaciones del agente de retención en las empresas del sector tecnología de Lima –
2024
• H1: La responsabilidad solidaria se relaciona significativamente con el cumplimiento de las
obligaciones del agente de retención en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024
Tabla 3
Prueba de Hipótesis Especifica 1
Agente de retención
Responsabilidad solidaria Coeficiente de correlación Spearman 0.741
Sig. (bilateral) <0.001
N 40
Nota. Se realizó el coeficiente de correlación de Spearman mediante SPSS, de la data obtenida mediante la encuesta.
La Tabla 3 presenta los resultados de la prueba de hipótesis específica 1, cuyo propósito
fue determinar la relación entre la responsabilidad solidaria y el cumplimiento de las obligaciones
del agente de retención en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024. Para ello, se aplicó
el coeficiente de correlación Rho de Spearman, considerando que las variables analizadas no
presentaron distribución normal según la prueba de Shapiro-Wilk.
Los resultados obtenidos muestran un coeficiente de correlación de Spearman de 0.741,
valor que evidencia una correlación positiva alta entre la responsabilidad solidaria y la dimensión
agente de retención. Asimismo, el nivel de significancia bilateral fue menor a 0.001, resultado
inferior al nivel de significancia de 0.05 establecido para la investigación. En consecuencia, se
rechaza la hipótesis nula (H0) y se acepta la hipótesis alterna (H1), concluyendo que existe una
relación significativa entre la responsabilidad solidaria y el cumplimiento de las obligaciones del
agente de retención en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024.

Vol. 13/ Núm. 2 2026 pág. 1689
La interpretación de estos resultados permite afirmar que el adecuado cumplimiento de
las obligaciones tributarias relacionadas con la retención del Impuesto a la Renta influye
directamente en la configuración de la responsabilidad solidaria. Esto ocurre debido a que las
empresas tecnológicas realizan constantemente operaciones con proveedores no domiciliados por
servicios digitales, licencias de software, infraestructura cloud, soporte remoto y asistencia
técnica internacional, generando la obligación legal de efectuar retenciones tributarias conforme
a la normativa peruana.
En ese sentido, cuando las empresas no identifican correctamente la naturaleza de la
operación, omiten efectuar la retención o aplican incorrectamente las tasas correspondientes, se
incrementa el riesgo de asumir responsabilidad solidaria frente a la SUNAT. Por ello, la
dimensión agente de retención representa un componente fundamental para reducir contingencias
tributarias, sanciones y costos financieros derivados de operaciones internacionales realizadas por
empresas del sector tecnología.
Hipótesis Especifica 2
Se muestra la hipótesis nula a continuación como H0. Asimismo, se plantea la hipótesis
alterna como H1, las cuales se derivan del objetivo específico 2:
• H0: La responsabilidad solidaria no se relaciona significativamente con el impuesto
asumido en las operaciones con sujetos no domiciliados de las empresas del sector
tecnología de Lima – 2024
• H1: La responsabilidad solidaria se relaciona significativamente con el impuesto asumido
en las operaciones con sujetos no domiciliados de las empresas del sector tecnología de
Lima – 2024
Tabla 4
Prueba de Hipótesis Especifica 2
Impuesto asumido
Responsabilidad solidaria Coeficiente de correlación Spearman 0.747
Sig. (bilateral) <0.001
N 40
Nota. Se realizó el coeficiente de correlación de Spearman mediante SPSS, de la data obtenida mediante la encuesta.
La Tabla 4 presenta los resultados de la prueba de hipótesis específica 2, cuyo objetivo
fue determinar la relación entre la responsabilidad solidaria y el impuesto asumido en las
operaciones con sujetos no domiciliados en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024.
Para el análisis estadístico se utilizó el coeficiente Rho de Spearman, debido a que las variables
no presentaron distribución normal conforme a la prueba de Shapiro-Wilk aplicada previamente.
Los resultados obtenidos muestran un coeficiente de correlación de Spearman de 0.747,
valor que representa una correlación positiva alta entre la responsabilidad solidaria y la dimensión
impuesto asumido. Asimismo, el nivel de significancia bilateral fue menor a 0.001, resultado
inferior al nivel de significancia de 0.05 establecido para la investigación. En consecuencia, se

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rechaza la hipótesis nula (H0) y se acepta la hipótesis alterna (H1), concluyendo que existe una
relación significativa entre la responsabilidad solidaria y el impuesto asumido en las operaciones
con sujetos no domiciliados de las empresas del sector tecnología de Lima – 2024.
La interpretación de estos resultados permite afirmar que, mientras mayor sea la
incidencia del impuesto asumido por parte de las empresas tecnológicas domiciliadas, mayor será
también la exposición a contingencias vinculadas con la responsabilidad solidaria. Esta situación
ocurre debido a que muchos proveedores no domiciliados exigen recibir el importe íntegro
pactado contractualmente, sin aceptar descuentos derivados de retenciones tributarias locales.
Como consecuencia, la empresa domiciliada termina asumiendo económicamente el Impuesto a
la Renta correspondiente al sujeto no domiciliado.
Asimismo, esta problemática genera efectos financieros y tributarios relevantes, debido
a que el impuesto asumido no constituye un gasto deducible conforme al artículo 47° de la Ley
del Impuesto a la Renta, incrementando el costo efectivo de la operación internacional.
Hipótesis Especifica 3
Se muestra la hipótesis nula a continuación como H0. Asimismo, se plantea la hipótesis
alterna como H1, las cuales se derivan del objetivo específico 3:
• H0: La responsabilidad solidaria no se relaciona significativamente con los acuerdos Gross
Up en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024
• H1: La responsabilidad solidaria se relaciona significativamente con los acuerdos Gross Up
en las empresas del sector tecnología de Lima – 2024
Tabla 5
Prueba de Hipótesis Especifica 3
Acuerdo Gross Up
Responsabilidad solidaria Coeficiente de correlación Spearman 0.806
Sig. (bilateral) <0.001
N 40
Nota. Se realizó el coeficiente de correlación de Spearman mediante SPSS, de la data obtenida mediante la encuesta.
La Tabla 5 presenta los resultados de la prueba de hipótesis específica 3, cuyo objetivo
fue determinar la relación entre la responsabilidad solidaria y los acuerdos Gross Up en las
empresas del sector tecnología de Lima – 2024. Para ello, se utilizó el coeficiente de correlación
Rho de Spearman, debido a que las variables analizadas no presentaron distribución normal según
los resultados obtenidos en la prueba de Shapiro-Wilk.
Los resultados evidencian un coeficiente de correlación de Spearman de 0.806, valor que
representa una correlación positiva muy alta entre la responsabilidad solidaria y la dimensión
acuerdo Gross Up. Asimismo, el nivel de significancia bilateral fue menor a 0.001, resultado
inferior al nivel de significancia de 0.05 establecido para la investigación. En consecuencia, se
rechaza la hipótesis nula (H0) y se acepta la hipótesis alterna (H1), concluyendo que existe una

Vol. 13/ Núm. 2 2026 pág. 1691
relación significativa entre la responsabilidad solidaria y los acuerdos Gross Up en las empresas
del sector tecnología de Lima – 2024.
La interpretación de estos resultados permite afirmar que los acuerdos Gross Up se
encuentran estrechamente vinculados con la configuración de la responsabilidad solidaria en
operaciones realizadas con sujetos no domiciliados. Esto ocurre debido a que, en la práctica
internacional, muchos proveedores extranjeros exigen recibir el importe íntegro pactado
contractualmente, sin aceptar retenciones tributarias aplicables en el Perú. Como consecuencia,
las empresas domiciliadas incrementan la base de cálculo de la operación internacional y asumen
económicamente el Impuesto a la Renta correspondiente al proveedor no domiciliado mediante
cláusulas Gross Up.
Asimismo, estos acuerdos permiten sincerar económicamente el costo real de la
operación internacional y reducir conflictos contractuales con proveedores extranjeros; sin
embargo, no eliminan las contingencias tributarias derivadas de la responsabilidad solidaria ni las
limitaciones de deducibilidad establecidas en el artículo 47° de la Ley del Impuesto a la Renta.
En las empresas del sector tecnología, esta situación adquiere mayor relevancia debido a la
frecuente contratación de servicios digitales, plataformas cloud, licencias de software y asistencia
técnica internacional, factores que incrementan la exposición tributaria frente a la SUNAT
DISCUSIÓN
Los resultados obtenidos en la presente investigación evidencian que existe una relación
significativa entre la responsabilidad solidaria y las operaciones con sujetos no domiciliados en
las empresas del sector tecnología de Lima – 2024. La prueba de hipótesis general mostró un
coeficiente Rho de Spearman de 0.793 y un nivel de significancia menor a 0.001, lo cual
demuestra una correlación positiva alta entre ambas variables. Estos resultados permiten afirmar
que las operaciones internacionales realizadas con proveedores no domiciliados incrementan
significativamente la exposición de las empresas tecnológicas a contingencias tributarias
relacionadas con la responsabilidad solidaria.
Desde el plano teórico, estos resultados guardan relación con lo planteado por Córdova
(2006), quien sostiene que la responsabilidad solidaria constituye un mecanismo jurídico
mediante el cual la Administración Tributaria garantiza el cumplimiento íntegro de la obligación
tributaria frente al contribuyente y terceros vinculados. Asimismo, Fernández (2007) señala que
esta figura busca proteger el interés fiscal permitiendo que la Administración pueda exigir la
deuda tributaria indistintamente al responsable solidario. En consecuencia, los resultados
estadísticos corroboran que las empresas del sector tecnología, debido a la constante contratación
de servicios digitales internacionales, presentan una mayor exposición a este tipo de
responsabilidad tributaria.

Vol. 13/ Núm. 2 2026 pág. 1692
Respecto al objetivo específico 1, los resultados evidenciaron una correlación positiva
alta entre la responsabilidad solidaria y el cumplimiento de las obligaciones del agente de
retención, obteniéndose un coeficiente de Spearman de 0.741 con una significancia menor a
0.001. Estos hallazgos confirman que las obligaciones vinculadas con la retención del Impuesto
a la Renta representan un elemento determinante en la configuración de la responsabilidad
solidaria. Teóricamente, este resultado coincide con lo establecido en el artículo 18° del Código
Tributario, el cual dispone que el agente de retención será responsable solidario cuando omita
efectuar la retención correspondiente. Asimismo, la OCDE (2023) sostiene que la economía
digital y las operaciones transfronterizas incrementan los desafíos tributarios relacionados con el
control de servicios digitales internacionales.
En relación con el objetivo específico 2, la investigación obtuvo una correlación positiva
alta entre la responsabilidad solidaria y el impuesto asumido, reflejada en un coeficiente de
Spearman de 0.747 y una significancia menor a 0.001. Estos resultados demuestran que las
empresas tecnológicas frecuentemente terminan asumiendo económicamente el Impuesto a la
Renta correspondiente a proveedores no domiciliados, debido a exigencias contractuales
internacionales vinculadas con el pago íntegro de los servicios prestados. Esta situación coincide
con lo señalado en el artículo 47° de la Ley del Impuesto a la Renta, donde se establece que el
impuesto asumido correspondiente a terceros no constituye gasto deducible. Del mismo modo, el
CIAT (2018) sostiene que este tipo de mecanismos puede generar distorsiones financieras y
afectar la capacidad contributiva de las empresas domiciliadas.
Finalmente, respecto al objetivo específico 3, los resultados evidenciaron la correlación
más alta de la investigación entre la responsabilidad solidaria y los acuerdos Gross Up, alcanzando
un coeficiente de Spearman de 0.806 con una significancia menor a 0.001. Este resultado confirma
que la aplicación de cláusulas Gross Up se encuentra estrechamente vinculada con la
configuración de la responsabilidad solidaria en operaciones internacionales del sector tecnología.
Teóricamente, estos resultados coinciden con Fernández (2017) y Leyva (2021), quienes
sostienen que el Gross Up constituye un mecanismo contractual mediante el cual la empresa
domiciliada asume económicamente el impuesto correspondiente al proveedor extranjero con la
finalidad de garantizar el pago neto pactado.
En consecuencia, los resultados estadísticos y teóricos permiten concluir que las
operaciones con sujetos no domiciliados generan importantes contingencias tributarias y
financieras para las empresas tecnológicas, especialmente en aspectos relacionados con la
retención del impuesto, el impuesto asumido y la aplicación de acuerdos Gross Up,
configurándose escenarios de responsabilidad solidaria frente a la SUNAT.

Vol. 13/ Núm. 2 2026 pág. 1693
REFERENCIAS
Álvarez, P. (2024). La responsabilidad tributaria solidaria derivada de la colaboración en la
ocultación de bienes a la Administración: especial referencia al elemento intencional.
Revista De Contabilidad Y Tributación. CEF, (493), 5–30.
https://doi.org/10.51302/rcyt.2024.19377
BRCP (2024) Memoria Anual 2023. Recuperado de:
https://www.bcrp.gob.pe/publicaciones/memoria-anual.html
Calampa, V. M., & Vargas, C. M. (2017). Las fusiones y adquisiciones en el Perú : importación
de cláusulas del derecho norteamericano y su implementación en las operaciones de
adquisición empresariales. Obtenido de Escuela de Administración de Negocios para
Graduados. Repositorio Institucional Universidad :
https://hdl.handle.net/20.500.12640/1180
Carrión, P. J., & Jerónimo , C. G. (2023). Factores que determinan la inversión extranjera directa
en el Perú, período 2012-2021, [Tesis de pregrado, Universidad Nacional del Callao].
Obtenido de https://hdl.handle.net/20.500.12952/8473
Caruajulca Sánchez, M. E. (2016). El proceso de valorización de empresas. Obtenido de
Ingeniería Industrial: https://doi.org/10.26439/ing.ind2009.n027.629
Casás, J. (2005). Derechos y garantías constitucionales del contribuyente a partir del principio de
reserva de la ley tributaria. Buenos Aires: Primera reimpresión. Editorial Ad-Hoc. .
Castro, M. M., Cori, I. R., López, E. N., & Montañez, M. J. (2023). Determinantes de la Inversión
Extranjera Directa de los principales países hacia el Perú desde 2000 a 2020: Un enfoque
basado en Indicadores de Gobernanza [Tesis de pregrado, Univesidad Esan - Perú].
Repositorio institucional. Obtenido de https://hdl.handle.net/20.500.12640/3364
CIAT (23 de abril de 2025) Economía Digital – Impuesto a los beneficios en las transacciones
internacionales. Necesidad de aguardar una coordinación global.
https://www.ciat.org/economia-digital-impuesto-a-los-beneficios-en-las-transacciones-
internacionales-necesidad-de-aguardar-una-coordinacion-global/
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). (2024). Ciencia, tecnología e
innovación para un desarrollo productivo sostenible e inclusivo: Lineamientos para el
período 2024-2025. Naciones Unidas. https://hdl.handle.net/11362/69093
Costa A. (2018). Cláusulas tributarias en el contrato internacional privado.
https://repositorio.uniandes.edu.co/server/api/core/bitstreams/7778e0f8-f20f-47a1-9a8c-
58e062c687ec/content
Crocco M. y Biscotti A. (2023). Impuesto a las ganancias beneficiarios del exterior. Convenios
para evitar la doble imposición en la Argentina. Pontifica universidad católica Argentina.

Vol. 13/ Núm. 2 2026 pág. 1694
https://repositorio.uca.edu.ar/bitstream/123456789/17426/1/impuesto-ganancias-
beneficiarios.pdf
CEPAL, C. E. (2023). La Inversión Extranjera Directa en América Latina. Recuperado el 26 de
08 de 2021, de Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL):
https://repositorio.cepal.org/entities/publication/b87380d0-614b-412b-9b18-
cf13e23d426b
Collaguazo, J. (2025). El consorcio empresarial en la legislación societaria ecuatoriana:
particularidades normativas frente al contrato de sociedad. [Tesis de titulación,
Universidad Central del Ecuador]. Repositorio UCE.
https://www.dspace.uce.edu.ec/handle/25000/36949
Córdova, A. (2006). ALCANCES DE LA RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA DE LOS
ADQUIRIENTES DE ACTIVOS Y/O PASIVOS DE EMPRESAS. INSTITUTO
PERUANO DE DERECHO TRIBUTARIO, 44.
Daniel, C. (2007). Inversión extranjera directa y desarrollo: la experiencia del Mercosur - Revista
de la CEPAL. Obtenido de Naciones Unidas: 10.18356/a35c9b6e-es
Espinoza , B. B., Mora, U. L., Páez , E. C., & Solano, S. A. (2021). Análisis prospectivo: Polìticas
públicas para la atracción de inversión extranjera directa en Costa Rica para el año 2023,
[Tesis de pregrado, Universidad de Costa Rica - Sede Rodrigo Facio]. Repositorio
institucional. Obtenido de https://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/20543
Fernandez. (2024). Documentos de los no domiciliados. lima.
Fernández, A. D. (2017). Infomatibo Caballero Bustamante. Obtenido de
https://studylib.es/doc/8305313/gross-up---informativo-caballero
Fernandez, J. (2007). Las últimas modificaciones del código tributario en materia de
Responsabilidad solidaria. Lima: Jurista Editores.
Figueroa, A. J. (2015). La irretroactividad de la ley tributaria. Protección constitucional o
simplemente legal [Tesis de maestría, Universidad de Concepción - Chile]. Repositorio
institucional. Obtenido de http://repositorio.udec.cl/jspui/handle/11594/1923
Gonzáles, R., & Nava, J. (2015). El Proceso de Cobranza de la Deuda Tributaria. Lima: Lex&Iuris
Editores.
Guillen, L. A., & Requena, I. I. (2021). Obtenido de
https://repositorio.utp.edu.pe/bitstream/handle/20.500.12867/6016/L.Guillen_I.Requena
_Tesis_Titulo_Profesional_2021.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Huarachi, O. F. (2023). Obtenido de
https://repositorio.ucv.edu.pe/bitstream/handle/20.500.12692/134322/Huarachi_HOF-
SD.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Israel, L. L. (2012). Fusiones y Adquisiciones. Obtenido de Revista De Actualidad Mercantil:
https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/actualidadmercantil/article/view/12890

Vol. 13/ Núm. 2 2026 pág. 1695
Izquierdo, S. R. (2021). El principio de retroactividad benigna: un tema no zanjado en el ámbito
sancionador tributario [Tesis de maestría - Pontificia Universidad Católica del Perú].
Repositorio institucional. Obtenido de http://hdl.handle.net/20.500.12404/21191
Jiménez, L. E. (2019). Inversión extranjera y desarrollo económico en Colombia y México un
análisis comparado (1994 – 2017). [Tesis de doctorado, Universidad Autónioma de Baja
California - Mexico). Repositorio institucional. Obtenido de
https://hdl.handle.net/20.500.12930/6034
Lamberto , V. (s.f.). LA INVESTIGACION CUALITATIVA.
https://www.trabajosocial.unlp.edu.ar/uploads/docs/velez_vera__investigacion_cualitati
va_pdf.pdf
Lamberto, V. (s.f.).
https://www.trabajosocial.unlp.edu.ar/uploads/docs/velez_vera__investigacion_cualitati
va_pdf.pdf . Obtenido de
https://www.trabajosocial.unlp.edu.ar/uploads/docs/velez_vera__investigacion_cualitati
va_pdf.pdf
Lamberto, V. (s.f.). LA INVESTIGACION CUALITATIVA. Obtenido de
https://www.trabajosocial.unlp.edu.ar/uploads/docs/velez_vera__investigacion_cualitati
va_pdf.pdf
LEÓN, F. J. (2021). ASPECTOS TRIBUTARIOS DE LA TRANSMISIÓN DEL IMPUESTO A
LA RENTA MEDIANTE EL MECANISMO DEL GROSS UP. Obtenido de
https://tesis.pucp.edu.pe/repositorio/bitstream/handle/20.500.12404/19691/LEYVA_CH
AC%c3%93N_TERESA_ELENA_OTILIA%20%281%29.pdf?sequence=1&isAllowed
=y
Leyva , T. (2021). Aspectos tributarios de la transmisión del Impuesto a la Renta mediante el
mecanismo del Gross Up [Tesis de título, Pontificia Universidad Católica del Perú].
Repositorio Digital PUCP.
https://tesis.pucp.edu.pe/server/api/core/bitstreams/22873819-70e9-4ea6-907c-
692780d319c6/content
Lozano E. (2022). Narrativas tributarias.
https://books.google.es/books?id=m_N9EAAAQBAJ&printsec=frontcover&hl=es&sou
rce=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false
MEF (2024) Memoria Anual 2023. Recuperado de:
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6430301/5627650-
memoria_2023.pdf?v=1717370528
Moreano, G., & Guerrero, L. (2024). Comercio Electrónico y su Incidencia en el Impuesto a la
Renta. Revista Cientifica Multidisciplinar, 36.

Vol. 13/ Núm. 2 2026 pág. 1696
Morocho, N. (2021). TRATAMIENTO DEL IMPUESTO A LA RENTA. Obtenido de
https://dspace.uazuay.edu.ec/bitstream/datos/11276/1/16813.pdf
Munarriz, B. (1999). Técnicas y métodos en Investigación cualitativa. Obtenido de
https://ruc.udc.es/dspace/bitstream/handle/2183/8533/CC-02art8ocr.pdf
Muñoz, E. (2023). Lineamientos sobre el Impuesto a la Renta para operadores satelitales no
domiciliados en el Perú; ejecutoria suprema N° 15664-2014 - tercera sala de derecho
constitucional y social transitoria de la corte suprema, 2023. [Tesis para título,
Universidad Católica Los Ángeles Chimbote]. Repositorio ULADECH.
https://hdl.handle.net/20.500.13032/36194
Muñoz, E. (2021). Caracterizacion del proceso de las retenciones del Impuesto a la Renta a
empresas no domiciliadas, del distrito judicial de Lima – Lima, 2021 [Trabajo de
investigación para Bachiller, Universidad Católica Los Ángeles Chimbote]. Repositorio
ULADECH.
https://repositorio.uladech.edu.pe/bitstream/handle/20.500.13032/34525/JURISDICCIO
N_RENTA_MUNOZ_ZAMBRANO_ELSA.pdf?sequence=5&isAllowed=y
Narváez, V. (2018). Obtenido de
https://repositorio.umsa.bo/bitstream/handle/123456789/20150/T-II-
MATRIB%202018-
026%20DISE%c3%91O%20DE%20UN%20PROCEDIMIENTO%20EN%20EL%20R
ECONOCIMIENTO%20DEL%20GROSS%20UP%20EN%20EL%20IMPUESTO%20
SOBRE%20LAS%20UTILIDADES%20DE%20LAS%20EMPRESAS%20BENEFICI
ARIOS
Neira, M. (07 de 11 de 2021). Obtenido de
https://sedici.unlp.edu.ar/bitstream/handle/10915/132408/Documento_completo.pdf?se
quence=1&isAllowed=y
Nieves, M., & Deza, G. (2017). La asistencia técnica prestada por no domiciliados y sus efectos
en la determinación del Impuesto a la Renta en la empresa Fast Lane S.A.C. [Tesis de
Licenciatura, Universidad Tecnológica del Perú]. Repositorio UTP.
http://repositorio.utp.edu.pe/handle/UTP/1332
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). (2011). Definición
Marco de Inversión Extranjera Directa. Ediciones OCDE. doi:
https://doi.org/10.1787/9789264094475-es
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD). (2023). OECD Digital
Education Outlook 2023. OECD Publishing. https://doi.org/10.1787/c74f03de-en
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD). (2021). Tax Challenges
Arising from Digitalisation of the Economy – Global Anti-Base Erosion Model Rules
(Pillar Two). OECD Publishing. https://doi.org/10.1787/782bac33-en

Vol. 13/ Núm. 2 2026 pág. 1697
Paguay, A. (2019). Obtenido de
https://repositorio.puce.edu.ec/server/api/core/bitstreams/9a563082-dde0-4d6a-ae16-
56884576cc2e/content
Paredes, C. (2021). Análisis crítico del tratamiento tributario del partícipe no domiciliado que
forma parte de un consorcio que no lleva contabilidad independiente en el Perú [Tesis de
maestría, Pontificia Universidad Católica del Perú]. Repositorio Digital PUCP.
http://hdl.handle.net/20.500.12404/17903
Petit, V. M. (2022). Efectos del riesgo país en los flujos de inversión extranjera directa de chile
hacia el exterior [Tesis para optar al grado de Magíster en Análisis Económico -
Universidad de Chile]. Obtenido de https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/191431
Quijano, G., & Barajas, N. (2019). Obtenido de
https://repository.usta.edu.co/bitstream/handle/11634/19393/2019QuijanoGerson.pdf?se
quence=1&isAllowed=y
Raygoza, L. C. (2018). La retroactividad, un examen de su aplicación en beneficio a los
contribuyentes, [Tesis de doctorado, Universidad autónoma de Baja California - México].
Repositorio institucional. Obtenido de https://hdl.handle.net/20.500.12930/1477
Robert, S. (2020). INVESTIGACION CON ESTUDIO DE CASO. Obtenido de
https://edmorata.es/wp-
content/uploads/2022/06/STAKE.InvestigacionEstudioCasos_prw-1.pdf
Romero, L. (2022). Análisis y aplicación de la normativa de regulación para agentes de retención
[Tesis de titulación, Universidad Técnica de Machala]. Repositorio Institucional de la
UTM. https://repositorio.utmachala.edu.ec/server/api/core/bitstreams/5c6d6a15-dd57-
4522-a5c5-c6dd5e6afe99/conten
Simon, S. (2015). El diseño de investigacion cualitativa. Madrid: Edisiones Morata S.L. Obtenido
de
https://books.google.es/books?hl=es&lr=&id=b5ojEAAAQBAJ&oi=fnd&pg=PT30&dq
=INVESTIGACION+CUALITATIVA&ots=fCFtlfyyye&sig=lJcnRbx49iR8FhdpSCUp
AYoJhok#v=onepage&q&f=false
Stauss, & Corbin. (26 de 10 de 1994). LA INVESTIGACION CUALITATIVA. Obtenido de
http://biblioteca.udgvirtual.udg.mx/jspui/bitstream/123456789/1167/1/La%20investigac
i%c3%b3n%20cualitativa.pdf
SUNAT (2025) Memoria Anual 2024. Recuperado de:
https://www.sunat.gob.pe/cuentassunat/planestrategico/memoraInstitucional.html
Tramontana, H. D. (2021). La retroactividad benigna en los procedimientos administrativos
sancionadores [Tesis segunda especialidad en Derecho Administrativo, Pontificia
Universidad Católica del Perú]. Repositorio institucional. Obtenido de
http://hdl.handle.net/20.500.12404/21871
Vol. 13/ Núm. 2 2026 pág. 1698
Tribunal Fiscal del Perú (2021). Resolución del Tribunal Fiscal sobre aspectos tributarios
específicos. RTF N.º 11406-10-2021.
Tribunal Fiscal del Perú (2023). Resolución del Tribunal Fiscal sobre aspectos tributarios
específicos. RTF N.º 04330-8-2023
Vilca Maldonado, M. P. (2018). Valorización de empresas mediante los métodos de descuento de
flujo de fondo. Obtenido de Quipukamayoc:
https://doi.org/10.15381/quipu.v26i51.14982