
Vol. 13/ Núm. 3 2026 pág. 49
https://doi.org/10.69639/arandu.v13i3.2379
Algoritmos predictivos aplicables en el ámbito del derecho
Predictive algorithms applicable in the field of law
Modesta Lorena Hernández Sánchez
modhernandez@uv.mx
https://orcid.org/0000-0001-8915-3377
Universidad Veracruzana
México - Veracruz
Sara Natalia Bello Roberto
zS25025258@estudiantes.uv.mx
https://orcid.org/0009-0002-1138-7602
Universidad Veracruzana
México - Veracruz
Claudia Rivas Caporal
zS23017135@estudiantes.uv.mx
https://orcid.org/0009-0006-2499-2683
Universidad Veracruzana
México - Veracruz
Daniela González Rivera
zS22016811@estudiantes.uv.mx
https://orcid.org/0009-0007-4984-4326
Universidad Veracruzana
México - Veracruz
Artículo recibido: 10 mayo 2026- Aceptado para publicación:16 junio 2026
Conflictos de intereses: Ninguno que declarar.
RESUMEN
En el marco de la investigación, se analiza el papel que ejecuta la Inteligencia Artificial (IA) como
una disciplina que facilita diversas funciones en el campo del derecho e inciden en la eficiencia
procesal de las controversias judiciales. Lo anterior permite advertir dos planteamientos, el
primero, se enfoca en el avance e innovación de los algoritmos que tienen capacidad para procesar
grandes cantidades de datos, ordenamientos legales y criterios jurisprudenciales que generan
respuestas de manera autónoma y contribuyen en la toma de decisiones; por su parte, el segundo,
se refiere a la pertinencia de dichos programas inteligentes en el razonamiento lógico y objetivo
para brindar respuestas fundadas y motivadas, la opacidad, falta de transparencia, así como el
riesgo latente de sesgos discriminatorios que repercute en la violación de derechos humanos. Ante
esto, se exponen las principales competencias algorítmicas que actualmente destacan en países
latinoamericanos y asiáticos como: Colombia (PretorIA); Chile (Predictos); México (Expertius I
y II), así como la Smart Courts y el Tribunal de internet (China); asimismo, destacan las
aportaciones doctrinales de juristas como Enrique Cáceres Nieto, Víctor Saavedra y Santiago
Bello, que apelan a los beneficios de dicho avance tecnológico, pero que a su vez, confirman la

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imposibilidad de que el criterio humano sea sustituido por programas de esta índole. Finalmente,
bajo una perspectiva de derecho comparado, se analiza la racionalidad y rendimiento de los
tribunales comunes, especialmente de México, en contraste con la aplicación de los programas
inteligentes citados anteriormente.
Palabras clave: inteligencia artificial, algoritmos, predicción judicial, sesgos, tecnología
ABSTRACT
This research analyzes the role of Artificial Intelligence (AI) as a discipline that facilitates various
functions within the legal field and impacts the procedural efficiency of judicial disputes. Two
key perspectives emerge from this analysis: the first focuses on the advancement and innovation
of algorithms capable of processing vast amounts of data, legal statutes, and case law precedents
to generate autonomous responses and aid in decision-making; the second addresses the relevance
of these intelligent programs regarding logical and objective reasoning—specifically their ability
to provide well-founded and reasoned responses—while also considering issues such as opacity,
a lack of transparency, and the latent risk of discriminatory biases that can lead to human rights
violations. In light of this, the study highlights key algorithmic systems currently prominent in
Latin American and Asian countries—such as Colombia’s *PretorIA*, Chile’s *Predictos*, and
Mexico’s *Expertius I and II*, as well as China’s "Smart Courts" and Internet Court. It also
examines the scholarly contributions of jurists like Enrique Cáceres Nieto, Víctor Saavedra,
Santiago Bello, and Shitong Qiao, who acknowledge the benefits of these technological
advancements while affirming that human judgment cannot be replaced by programs of this
nature. Finally, adopting a comparative law perspective, the study analyzes the rationality and
performance of conventional courts—particularly in Mexico—in contrast to the application of the
aforementioned intelligent programs.
Keywords: artificial intelligence, algorithms, judicial prediction, biases, technology
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INTRODUCCIÓN
La evolución tecnológica ha transformado la Inteligencia Artificial (IA) en un campo de
competencia estratégica global multidisciplinar; esto propició el desarrollo e implementación de
programas inteligentes con capacidad ilimitada para efectuar tareas específicas en áreas diversas,
que anteriormente solo podían atribuirse a determinados recursos humanos.
Derivado de lo anterior, a principios del siglo XXI surgieron modelos avanzados de
Inteligencia Artificial en el ámbito del derecho, con capacidad para predecir el resultado de las
sentencias judiciales, estimando las probabilidades de éxito o fracaso del caso; con la finalidad de
agilizar el trabajo que a una persona le tomaría un tiempo considerable realizar.
Bajo esa premisa, se expone de manera general, la funcionalidad de cuatro herramientas
algorítmicas predictivas, provenientes de países latinoamericanos —México (2008), Colombia
(2020) Chile (2021)—, así como de diversas ciudades asiáticas del país de China (2015);
considerando su pertinencia de acuerdo a las aportaciones doctrinales de Enrique Cáceres Nieto,
Santiago Bello, Víctor Saavedra y Shitong Qiao; su alcance jurídico-práctico, su capacidad para
resolver las controversias, así como, las semejanzas y diferencias que existen entre éstas, a través
del método doctrinal, analítico, dogmático-jurídico e histórico comparativo.
Por ello, a partir de la presente investigación documental, no solo se vislumbra el contexto
práctico en el que se aplican las herramientas inteligentes, sino, además, se reflexiona sobre los
nuevos procedimientos legales que combinan la intervención del operador jurídico con una
máquina inteligente y la urgente necesidad de adaptarse a la nueva realidad del derecho.
MATERIALES Y MÉTODOS
Se trata de una investigación documental con enfoque cualitativo, analítico y hermenéutico,
adecuado para el estudio de fenómenos jurídicos complejos que involucran dimensiones
normativas, éticas, humanas, culturales y tecnológicas. Este enfoque admite interpretar el derecho
no solo como un sistema de normas, sino como una experiencia objetiva y multidimensional que
permita comprender las implicaciones jurídicas de la Inteligencia Artificial (IA) en la impartición
de justicia. En el mismo sentido, se utilizó el método doctrinal, analítico, dogmático-jurídico e
histórico comparativo, a fin de brindarle respuesta a las siguientes preguntas investigación:
¿Cómo operan las herramientas de IA en la intervención y resolución de casos legales?; ¿Cuál es
la postura doctrinal en torno al uso y funcionalidad de las herramientas de IA aplicables en la
resolución de casos legales?; ¿Es posible que los programas inteligentes reemplacen la función
jurisdiccional que realizan los jueces?; ¿Es posible que los programas inteligentes reemplacen el
trabajo del abogado?; ¿Los programas de inteligencia artificial contribuyen a la salvaguarda de
los derechos humanos?
Método doctrinal: se manifiesta en las opiniones críticas de estudiosos del derecho como
Santiago Bello; Víctor Javier Saavedra Mercado; Enrique Cáceres Nieto; Flavia Carbonell

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Bellolio; Jonatan Valenzuela Saldías; que revelan una postura a favor o en contra de los programas
inteligentes que se ocupan para resolver controversias, contribuyendo a la construcción de una
nueva concepción del derecho, a la luz de las tecnologías de la información y comunicación.
Método analítico: a partir de un planteamiento general vinculado al avance e innovación
de las herramientas de IA aplicables en el campo del derecho, se aborda la funcionalidad, alcance
jurídico y práctico de las mismas, para brindarle al lector una comprensión profunda sobre el
tema.
Método dogmático jurídico: se analiza la pertinencia de los programas inteligentes en el
razonamiento de casos concretos y aplicación de fundamentos legales idóneos que garanticen el
respeto a los derechos humanos, a la luz del derecho positivo vigente en tiempo y espacio.
Método histórico comparativo: se contrastan las similitudes y diferencias que presentan
las cuatro herramientas de IA aplicables en el campo de derecho.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Como se sabe la evolución de la Inteligencia Artificial (IA), ha marcado un antes y un
después en su trayectoria, no tan sólo en Latinoamérica sino a nivel global, al convertirse en una
herramienta de primera necesidad para la sociedad actual. En estos tiempos, no existe país alguno
que prescinda de sistemas o algoritmos inteligentes que se utilicen como apoyo en la
administración pública; México no es la excepción; dado a que, con la modernización de la IA,
se han abierto novedosas perspectivas que se aplican en el derecho actual.
En el año 2008 se desarrolló en la Universidad Autónoma de México (UNAM), un sistema
denominado Expertius I, para el apoyo de la aplicación de justicia en el área civil, específicamente
enfocado en los juicios de pensión alimenticia. Dicho programa estuvo bajo la dirección del Dr.
Enrique Cáceres Nieto (2023) y contó con la participación del Departamento de Filosofía del
Derecho del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de
México, así como del apoyo financiero del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, que
posibilitó la creación de este algoritmo.
Para brindarle seguimiento a la propuesta, involucró a un grupo de especialistas de las áreas
de psicología cognitiva, sociología, matemáticas, ingeniería en sistemas, derecho, así como un
equipo de expertos en impartición de justicia conformado por jueces y magistrados de los
Tribunales Superiores de Justicia de los Estados de Tabasco y del Distrito Federal –ahora Ciudad
de México-. Después de varios años de investigación y trabajo, el sistema fue presentado
formalmente el 26 de octubre de 2010 en el XIV Congreso Iberoamericano de Derecho e
Informática celebrado en Monterrey, Nuevo León. (Prado Maillar, 2010, pág. 7).
Expertius I
De acuerdo con el planteamiento de Enrique Cáceres Nieto (2007), “se define como un
sistema computacional cuya salida es una propuesta de solución a un problema, semejante a lo

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que formularía un humano”; lo anterior significa que, este algoritmo tiene la capacidad de
proporcionar respuestas concretas a los sistemas jurídicos, tal como lo haría un jurista; sin pasar
por alto las pautas del razonamiento utilizado para la resolución de la controversia expuesta, con
la motivación y fundamentación suficientes, conforme a los datos previamente anexados en su
base de datos. Este sistema consta de una serie de apartados que lo caracterizan como un
procedimiento práctico y sencillo de apoyo a los jueces, que, si bien tienen mucha experiencia
para resolver asuntos complejos en materia civil, carecen de conocimiento en el manejo de
sistemas computacionales; por ende, Expertius I es una solución ante esas circunstancias, al ser
una plataforma de fácil acceso que cuenta con los siguientes apartados:
• Fijación de la litis;
• Audiencia;
• Evolución probatoria;
• Mod. financiero y;
• Biblioteca.
El algoritmo tiene secciones específicas que permite seguir el proceso de las demandas de
pensión alimenticia en un orden específico, tal como se presenta en los juzgados por la vía civil
ordinaria; con la excepción de que es un sistema inteligente diseñado para acelerar la carga de
trabajo, facilitar la gestión de los juzgadores sobre la alta cantidad de expedientes que deben
revisar, y favorecer a la persona que demanda una pensión alimenticia, protegiendo el interés
superior de la niñez y la familia, reconocido en el artículo 4o. de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos (2025). El uso de este sistema se basa prácticamente en el apoyo que
brinda de manera fácil y concreta a los juzgadores; sus funciones se dividen en tres apartados que
se explican a continuación:
Tutorial: es la parte inicial que se encarga de ilustrar y brindar las posibles soluciones a
los jueces que no tienen la experiencia, ni el conocimiento esencial para resolver un caso de
pensión alimenticia. Contiene diversos rubros que facilitan el manejo en el sistema de búsqueda
de problemas en el programa Expertius I. Al ingresar a la aplicación aparece el apartado
denominado “tutorial” e inmediatamente se despliegan los siguientes menús: consultar caso, mis
casos, solución de problemas, pruebas, tareas y factores; aunado a estos, contiene un patrón de
datos y términos jurídicos, como por ejemplo, si falta el nombre del actor, la firma convencional
de la demanda, que la demanda haya sido firmada por persona ajena o nombre diferente al del
actor, en cualquiera de estos casos, el sistema arroja sus recomendaciones para la solución del
problema. Cabe mencionar que este tipo de detalles han sido previamente establecidos e
identificados por los funcionarios judiciales, y cargados a Expertius I para su consulta y
seguimiento del proceso; en el mismo sentido, se le deben introducir las proposiciones sobre los
hechos, así como las pruebas con las cuales el actor sustenta sus pretensiones y con las que
Expertius “fija la litis” o controversia del asunto.

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Módulo inferencial: se enfoca en simular el proceso; para ello, se le deben registrar
algunos elementos indispensables como son: los testimonios, documentación escrita —acta de
matrimonio, acta de nacimiento, videos, argumentos— y, en general, todo tipo de evidencias que
pudieran utilizarse en la fase probatoria para complementar el asunto y demostrar la veracidad de
los hechos. Esta sección es indispensable para los jueces, debido a que es de índole obligatorio en
el sistema para la admisión de la demanda, la pensión provisional, la admisión de la contestación
y por supuesto, la ampliación de la litis. Uno de los trámites que se llevan a cabo en este apartado
es el registro de pruebas en función de los argumentos previamente establecidos dentro del
sistema, de los cuales el actor debe elegir por lo menos tres de las cinco opciones argumentativas
sugeridas para asignar una pensión provisional. Entre las proposiciones más comunes se
encuentran:
• Realizar gastos médicos;
• Pagar el servicio de suministro de luz;
• Mi hijo no tiene medios para solventar su educación;
• Pagar el servicio del suministro de agua y;
• Mis ingresos han disminuido.
Como se advierte, dichas razones se enfocan en las necesidades básicas de un dependiente
alimenticio, sin embargo, estos argumentos deben ser debidamente sustentados con pruebas
documentales; por ejemplo, en caso de elegir la opción de gastos médicos, es necesario anexar la
o las recetas médicas expedidas por un profesional de la salud particular o que desempeñe sus
funciones en una institución de salud pública. Posteriormente, se debe evaluar la evidencia, con
el propósito de asignarle un parámetro al valor de éstas, catalogándolas como: alta, media, baja o
ninguno. Todos estos requisitos conllevan a la estimación probatoria del asunto para que el
programa Expertius arroje la solución del problema, de acuerdo a la documentación que se
presente y a la autenticidad de estos, para brindar una apreciación positiva por parte del juez, al
analizar los elementos probatorios.
Módulo financiero: su principal función consiste en apoyar a los jueces haciendo un
cálculo equitativo para determinar el monto específico de la pensión que debe otorgarse al actor
de la demanda, con base en los estudios socioeconómicos previamente establecidos de cada una
de las partes y en los argumentos determinados por el actor, que sustentan la necesidad económica
por lo cual se demanda la pensión alimenticia; de ahí parte el algoritmo que metódicamente
analiza la “proposición probandum”, para determinar si el actor debe o no recibir una sentencia
favorable, y al mismo tiempo, sugiere a los jueces, el porcentaje definitivo que el demandado
debe destinar para los alimentos que se le solicitan.
Constructivismo jurídico de Expertius I
La construcción del sistema tuvo que analizar y resolver las dudas con las proposiciones
relacionadas a las controversias que se recabaron del conocimiento y experiencia de los jueces

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mexicanos, con la finalidad de obtener un algoritmo con fundamento teórico acorde al
constructivismo jurídico que utilizan los jueces para resolver los casos controvertidos, de acuerdo
con los constructos normativos constituidos por el derecho positivo, como la doctrina y las
jurisprudencias en las que se pueden encontrar las principales normas legisladas, con las que los
jueces motivan y fundamentan su razonamiento lógico jurídico para la resolución de las casos.
Esto significa que el sistema Expertius I ha sido configurado con base en la notoria experiencia
de los jueces, para dirimir los casos de pensión alimenticia, aplicando razonamientos lógicos,
adaptados a la resolución positiva de las controversias que ingresan al sistema, teniendo en cuenta
las necesidades del demandante y la solvencia económica del demandado; todo ello, con el
propósito de verificar los posibles errores que pudiesen presentarse en cada una de las fases
procedimentales, las subfases, las tareas cognitivas, los problemas y los métodos de solución, para
evitar riesgos, fallas técnicas y en general, para prevenir un resultado en contra del actor.
No obstante, con todas las medidas y precauciones tomadas, se necesitaba reforzar el
programa para convertirlo en una sofisticada herramienta de apoyo para los jueces, que fuera más
allá de la capacidad de almacenar una gran cantidad de datos, al mismo tiempo que, ofreciera
mayores beneficios y confiabilidad en su uso. Ante dichas circunstancias, se creó Expertius II, del
cual se hablará en el siguiente apartado.
Expertius II
Como se ha indicado previamente, Expertius II fue desarrollado en el Laboratorio de
Constructivismo Jurídico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional
Autónoma de México, con el apoyo del Programa Fronteras de la Ciencia del Consejo Nacional
de Ciencia y Tecnología (Cáceres Nieto, 2023) —como un complemento necesario de su
precursor Expertius I—. Está basado en el encuadre cognitivo del razonamiento y la notoria
experiencia de los jueces mexicanos en el sistema tradicional, para la aplicación de las normas;
esto posibilitó que se convirtiera en un sistema plenamente compatible con el enfoque simbólico
que requiere la comprensión e interpretación del pensamiento humano por medio de la IA; no
obstante, se ha demostrado que el uso de algoritmos en el derecho, requiere más allá de
semejanzas en el razonamiento humano para poder justificar las decisiones jurídicas generadas
por un sistema de IA; por ello, las mejoras en el programa Expertius II se enfocaron en la
generación de un algoritmo capaz de identificar patrones compatibles con la transparencia en la
toma de decisiones; en otras palabras, es una herramienta más sofisticada que simula los procesos
cognitivos desde un enfoque jurídico y moral que no contravenga con el derecho, al considerar el
gravamen otorgado a los elementos probatorios que ofrezcan cada una de las partes y que sean de
acuerdo a una supra norma, además de que identifique los planteamientos de problemas que
tengan similitudes con algún otro caso, o incluso, el mismo caso de pensión alimenticia. Cabe
destacar que, su perfeccionamiento le permite distinguir, comparar y diferenciar desde una
perspectiva que no sólo toma en cuenta el proceso cognitivo, sino que, además asigna valores a

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los parámetros de cada uno de los criterios de evaluación dirigidos a cada tipo de prueba, tomando
en cuenta los valores morales; esto en función de los modelos de redes neuronales que se
implementaron en el programa, que al complementarse con el proceso cognitivo que utiliza
Expertius I, se alcanzó el nivel deseado de razonamiento artificial, capaz de procesar grandes
cantidades de datos, sin margen de error en el apoyo que brindan a los jueces para la resolución
de las demandas de alimentos.
Aplicación de la inteligencia artificial en los procesos jurisdiccionales
Ahora bien, de acuerdo con el análisis de los programas Expertius I y II, representan un
gran avance en la implementación y el uso de la tecnología en el sistema jurídico mexicano. Sin
embargo, la falta de conocimiento en esta importante área de la tecnología implementada en el
derecho actual, obliga a los impartidores de justicia a cubrir ciertos requisitos de ética y
responsabilidad, cuando utilicen un sistema de IA para resolver una controversia; tal como lo
refiere la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia número 2031640, publicada
el 5 de enero de 2026, en el Semanario Judicial de la Federación (2026), respecto a la aplicación
de la IA en Procesos Jurisdiccionales, que esencialmente destaca que:
La utilización de herramientas de inteligencia artificial en procesos jurisdiccionales con
una perspectiva de derechos humanos, ética y responsable, exige que las personas
juzgadoras observen como elementos mínimos los principios de; a) proporcionalidad e
inocuidad; b) protección de datos personales; c) transparencia y explicabilidad; y d)
supervisión y decisión humanas.
De acuerdo con lo anterior, los principios señalados por el máximo tribunal del país
salvaguardan los derechos humanos de las personas, garantizan que el proceso sea válido y la
resolución que decrete el juez se eleve a cosa juzgada, ya que, con el principio de proporcionalidad
e inocuidad, aplicados en una demanda de alimentos, se reafirma que, los progenitores deben
cubrir los alimentos para sus hijos en proporción a sus ingresos y a las necesidades de los menores,
sin que exista dolo o abusos por parte del actor; precisamente, en este punto es donde se aplica el
principio de inocuidad para proteger al demandado en caso probable de que se le juzgue con base
en elementos probatorios falsos; está por demás aclarar que, el sistema jurídico mexicano tiene la
responsabilidad de resguardar los datos personales a menos que una de las partes decida lo
contrario. En cuanto a los principios de transparencia y explicabilidad, se comprende que, aunque
un juzgador se apoye en un programa inteligente como Expertius I y II, tiene la obligación de
motivar y fundamentar su resolución para evitar que su veredicto sea cuestionable y objeto de
impugnación, amparo o revisión. Por tales, motivos la Suprema Corte ha resuelto que por muy
avanzado que sea un algoritmo en sus análisis de datos y predicciones sobre la resolución de una
controversia, debe prevalecer el criterio humano y sólo a través de éste, debe dictarse una
sentencia; una vez analizados tales principios, se deduce que un algoritmo, puede ser de gran

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ayuda para un juez, sobre todo porque puede aligerar la carga acumulada de trabajo, a partir de la
selección y clasificación de casos urgentes que necesitan de una pronta resolución.
No obstante, el uso de las herramientas de IA en México, aún dista mucho de ser una opción
factible, ya que se carece de la infraestructura necesaria para establecer e implementar un
sofisticado sistema de aplicación de la justicia predictiva, además de que, la mayoría de los
departamentos gubernamentales carecen del conocimiento y preparación en el manejo de los
novedosos sistemas computacionales, debido a que su base de datos es manual, -los
procedimientos legales en México se encuentran en archivos físicos tradicionales-. Por ende, los
operadores jurídicos tienen una actitud de rechazo hacia las sentencias decretadas con la
intervención de cualquier programa inteligente como Expertius; precisamente porque, resulta
difícil creer que una máquina sea capaz de analizar datos de prueba, razonamientos lógicos, y,
sobre todo, que sepa distinguir entre la inocencia o culpabilidad de las partes. Por tales, razones
la Suprema Corte de Justicia de la Nación exige a los juzgadores que tomen en cuenta y respeten
los principios establecidos para el uso de un sistema inteligente como lo es Expertius.
PretorIA
Es un sistema de Inteligencia Artificial diseñado para optimizar el procesamiento de
sentencias de tutela en la Corte Constitucional de Colombia; su función no es reemplazar al
abogado ni al juez, sino actuar como un asistente tecnológico en la búsqueda, categorización y
análisis de expedientes. Fue desarrollado por la Corte Constitucional de Colombia en
colaboración con laboratorios de innovación e Inteligencia Artificial, implementándose
oficialmente el 27 de julio del 2020 (Corte Constitucional de Colombia, 2020).
Su ejecución surge de la necesidad de modernizar el sistema judicial ante el volumen
masivo de tutelas recibidas diariamente. Su nombre rinde honor al pretor -magistrado romano
que impartía justicia con base en normas y acciones legales-. Desde su lanzamiento en julio de
2020, su misión oficial ha sido procesar más de dos mil setecientos expedientes diarios,
permitiendo a los magistrados identificar y seleccionar casos de especial relevancia nacional con
mayor agilidad y precisión. Sin embargo, su implementación generó debates sobre la ética y el
posible desplazamiento de la función judicial.
Al respecto, en 2024 la Corte emitió la Sentencia T-323 (Corte Constitucional de
Colombia, 2024), en la cual aclaró que, si bien la Inteligencia Artificial es una herramienta de
apoyo, no puede sustituir el razonamiento humano ni la toma de decisiones jurisdiccionales. Esta
postura garantiza la evolución de la seguridad jurídica, la protección de los derechos
fundamentales y la correcta formulación de políticas públicas. Por ello, bajo los lineamientos del
Consejo Superior de la Judicatura, PretorIA se integra con otros sistemas para fortalecer la
eficiencia, eficacia y transparencia del sector justicia.
Actualmente, la Corte emplea este sistema para analizar sentencias de manera estructurada,
con especial énfasis en materia de salud. El software identifica automáticamente tutelas

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relacionadas con el desabasto de medicamentos o la mora en procedimientos médicos,
permitiendo detectar crisis sanitarias de forma inmediata. Asimismo, el sistema categoriza casos
donde la población migrante requiere protección constitucional, facilitando la emisión de
sentencias de unificación con impacto masivo. Ante la sobrecarga laboral, esta base de datos
funciona como un filtro inteligente que optimiza los tiempos de revisión mediante resúmenes
automatizados. Por ello, el sistema prioriza casos de urgencia vital, ordenando los expedientes
según el riesgo inminente para la vida de los accionantes.
Por otra parte, PretorIA opera mediante una base de datos parametrizada que permite
realizar búsquedas por número de expediente o rangos de fecha. Una vez cargada la información,
el sistema procesa los datos y genera resultados automatizados, clasificando los tipos de casos,
los sentidos de los fallos y las síntesis procesales; cabe destacar, que en esta fase de procesamiento
inicial no existe intervención humana directa.
Una de las interrogantes comunes relacionadas con el uso de la IA, es indagar ¿Cómo
contribuye a la mejora de los derechos fundamentales? La respuesta reside en la ampliación de
las capacidades analíticas del juez sin pretender su reemplazo. Por ejemplo, PretorIA procesa más
de 2,700 sentencias diarias, garantiza un acceso oportuno a la justicia y fortalece la seguridad
jurídica mediante la unificación de criterios (Corte Constitucional de Colombia, 2020).
Indiscutiblemente, esta herramienta electrónica ha consolidado el proceso de modernización y
transparencia en la rama judicial, revolucionando la generación de estadísticas y optimizando la
eficiencia en la protección de los derechos fundamentales.
Un caso de gran relevancia jurídica es la sanción histórica consignada en la Providencia
AC739-2026, dictada en febrero de 2026, en el cual destacó la multa que impuso la Corte Suprema
de Justicia de Colombia (2026), a un abogado que utilizó Inteligencia Artificial para redactar un
recurso de revisión que contenía diez precedentes judiciales falsos. El incidente ocurrió cuando
el profesional empleó un chatbot genérico que sufrió una alucinación y generó contenido
coherente en su forma, pero inexistente en la realidad jurídica.
El recurso incluía diez sentencias con numerales inventados y argumentos sobre el derecho
a la defensa que nunca habían sido invocados por los tribunales de Colombia. Ante este escenario,
la Corte Suprema no aceptó el desconocimiento como excusa y, por el contrario, aplicó el
concepto de ceguera voluntaria. En consecuencia, el abogado fue sancionado con una multa, y
remitieron su caso a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en la que calificaron su conducta
como temeridad procesal.
El afectado, Jorge Hernán Zapata, admitió el error como producto de una confianza
excesiva y desinformada en la tecnología. Además, argumentó en su defensa, que confió en la
precisión de una versión gratuita de la herramienta sin verificar los resultados, sumado a fallas en
su equipo de trabajo interno.

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Este suceso provocó un intenso debate en la comunidad jurídica sobre el riesgo que
representan las citas falsas para la integridad del sistema de justicia. De igual forma, el caso generó
críticas éticas sobre el uso de "atajos" tecnológicos, percibiéndose como una falta de respeto hacia
el cliente y el tribunal.
Actualmente, la regulación de la IA en Colombia integra leyes recientes, directrices éticas
y un marco legislativo integral en fase avanzada de debate. Recientemente, se promulgó la Ley
2502 del 2025 (Congreso de la República de Colombia, 2025) la cual modifica el Código Penal
para incluir agravantes en delitos de suplantación de identidad o creación de deepfakes mediante
IA. Simultáneamente, el Congreso tramita el Proyecto de Ley 043 de 2025 (Congreso de la
República de Colombia, 2025), en la que propone una clasificación de riesgos similar al modelo
europeo, en la que identifica como "riesgo inaceptable" a aquellos sistemas que manipulan el
comportamiento o realizan perfilamiento social, estableciendo controles estrictos para sistemas
de "alto riesgo" utilizados en salud, educación o justicia, los cuales requieren auditorías y
transparencia absoluta.
En el ámbito judicial, el uso de PretorIA se ha consolidado como un referente regional; su
capacidad para automatizar el procesamiento de sentencias ha sido objeto de estudio por
organismos internacionales y tribunales como el Supremo Tribunal Federal de Brasil (STF), el
cual también implementa sistemas propios para agilizar procesos. Al respecto, los investigadores
Víctor Saavedra y Juan Carlos Upegui (2021), opinan que:
PretorIA es un proyecto de inteligencia artificial en desarrollo, adelantado por la Corte
Constitucional colombiana, que tiene el propósito de hacer más eficiente el proceso de
selección de los casos de tutela judicial de los derechos fundamentales, a partir de los cuales
esta Corte fija su jurisprudencia.
Ante esta situación, ¿Cómo puede trabajar el abogado con la IA? Es claro que, el
profesional puede emplear estas herramientas para redactar tutelas con términos jurídicos precisos
y buscar patrones de texto que procesen documentos en menos de dos minutos; esto facilita la
identificación de posibles vulneraciones a los precedentes judiciales. En resumen, cualquier
interesado puede consultar los resultados de estos procesos de selección en las audiencias
públicas de la Corte Constitucional. En el mismo sentido, el uso de sistemas de IA para analizar
grandes volúmenes de jurisprudencia y legislación, constituye una herramienta pedagógica de
gran valor, dado a que los estudiantes pueden identificar tendencias jurisprudenciales, construir
líneas de precedentes y comprender la evolución de criterios judiciales (Levet Rivera, Hernández
Sánchez, & Mendoza Díaz, 2026).
Predictos
Chile utiliza un sistema de Inteligencia Artificial denominado Predictos, aplicado a la
justicia predictiva. Esta herramienta, pionera en la región, fue diseñada para optimizar la toma de
decisiones y la gestión de causas judiciales mediante el análisis masivo de datos. El proyecto fue

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desarrollado en el año 2021, por investigadores locales en colaboración con la Defensoría Penal
Pública (DPP) (2023).
Como sistema analítico-predictivo, se fundamenta en patrones históricos de fallos y
comportamientos judiciales; sus proyecciones a corto plazo incluyen la optimización del
almacenamiento de datos y el perfeccionamiento de modelos matemáticos capaces de anticipar
variables en el proceso penal. También, contempla la integración de estos agentes en software
especializado para abogados y defensores, facilitando la interoperabilidad entre la Defensoría y
la Fiscalía. Cabe puntualizar que, esta tecnología permite a los juristas priorizar casos y recursos
según la complejidad y los resultados probables, al procesar volúmenes de información
inabarcables para el análisis humano e identificar patrones críticos que aceleran el proceso legal
y optimizan el gasto público.
Actualmente, la DPP utiliza estas proyecciones para prever el desenlace de causas penales,
este avance no solo promueve la homogeneidad en las penas y condenas —reduciendo sesgos de
parcialidad—, sino que también fortalece la confianza pública en el sistema. Cabe enfatizar que,
al predecir con exactitud las salidas procesales, se reduce el número de juicios innecesarios y
alivia la carga para acusados, testigos y el sistema judicial en su conjunto.
Un caso destacado de implementación tecnológica por parte de la Defensoría Penal Pública
(DPP), fue el proyecto piloto de la Defensoría Local de Puente Alto (2020), realizado en
colaboración con el Departamento de Evaluación de la Defensoría Nacional y consultores
especializados. Este sistema fue diseñado para asistir a la defensa técnica durante las audiencias
de control de detención, procesar antecedentes y tipos penales para proveer orientaciones
estratégicas y argumentos en tiempo real.
Aunado a lo anterior, la herramienta permite optimizar la toma de decisiones en la etapa
inicial del proceso judicial, garantizando que los defensores cuenten con análisis de datos
históricos para proponer salidas procesales favorables —tales como suspensiones condicionales
o medidas cautelares menos gravosas— basadas en probabilidades de éxito institucional.
En este sentido, es fundamental que los profesionales del derecho se actualicen respecto a
las implicancias éticas de la IA. La doctrina procesal advierte que estas herramientas pueden
perpetuar sesgos algorítmicos presentes en datos antiguos —como discriminación por raza o nivel
socioeconómico—. Por ello, existe un consenso en que la tecnología no debe reemplazar el
criterio ni la autonomía del juez. Para comprender el impacto de la IA en el derecho chileno, es
preciso distinguir entre tres tipologías tecnológicas:
En primer lugar, se encuentran los sistemas de análisis predictivo, como, por ejemplo,
Predictos de la Defensoría Penal Pública (DPP), que procesan volúmenes masivos de
antecedentes jurídicos para anticipar resultados procesales y optimizar la defensa de los
imputados.

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En segundo lugar, existe una rama de la IA enfocada en la biometría y detección de engaño.
Estos sistemas, a diferencia de los modelos de gestión de causas, utilizan hardware especializado
para monitorear variables fisiológicas como el flujo sanguíneo facial, la frecuencia cardíaca y
movimientos oculares —datos pupilométricos—. Si bien estas herramientas prometen mitigar la
corrupción en procesos de selección organizacional, su aplicación en el ámbito judicial es
altamente controvertida, como advierte el Dr. Santiago Bello, Decano de la Facultad de Derecho
de la Universidad de Burgos (pág. 1), la implementación de algoritmos sin supervisión humana
estricta podría comprometer los derechos fundamentales al no permitir la trazabilidad de sus
conclusiones.
Por otra parte, el Poder Judicial Chileno sancionó recientemente al abogado Franklin
Bustos Díaz (2024) en la causa rol 6.127-2025, con el pago de una Unidad Tributaria Mensual
(UTM), tras determinar que actuó en contra del principio de buena fe al presentar una
jurisprudencia inexistente. Ante el tribunal, el profesional reconoció que el sistema algorítmico
sufrió una alucinación de datos, que trajo como consecuencia que arrojara resultados apócrifos
que fueron integrados al expediente C-4162-2023, sin previa validación. Este incidente pone de
manifiesto un riesgo sistémico: el uso de herramientas gratuitas y accesibles frente a bases de
datos jurídicas especializadas y costosas —como Aranzadi One o LaLey— que exigen una
rigurosidad extrema en la verificación de las fuentes. Además, antes de la sanción a Bustos, se
registró un incidente donde un abogado presentó un recurso de protección que contenía citas
legales que no correspondían al ordenamiento jurídico chileno; aunque no se aplicó una multa de
(UTM) de inmediato, la Corte de Apelaciones de Santiago emitió una amonestación en el fallo,
señalando que la inserción de normativa inexistente en sistemas automatizados, vulnera el deber
de lealtad procesal (Legis ámbito jurídico, 2026). Este fenómeno se asocia al denominado sesgo
de automatización, definido como la tendencia humana a confiar ciegamente en las respuestas de
un sistema predeterminado sin rectificar su origen. En el ámbito jurídico, esta negligencia es
crítica; mientras que en otras disciplinas una cita errónea resta validez académica; en derecho,
inventar una fuente equivale a fabricar la ley, lo que conlleva responsabilidades éticas y legales
ineludibles. Por ello, al utilizar estas herramientas, el abogado debe ser consciente de que la
coherencia sintáctica de la IA no garantiza la veracidad jurídica.
Ante este escenario, Chile tramita actualmente en el Senado el Proyecto de Ley sobre
Inteligencia Artificial (Congreso Nacional de Chile, 2024). La iniciativa fue presentada el 7 de
mayo del 2024 ante el ejecutivo, y propone una regulación basada en la clasificación de riesgos;
además, la normativa en cita, busca supervisar las decisiones automatizadas que afecten derechos
fundamentales y establecer sanciones ante el uso indebido de datos.
Finalmente, la opinión pública se debate entre la eficiencia operativa y la deshumanización
de la justicia; si bien la IA destaca en tareas rutinarias —como la transcripción de audiencias o el
resumen de causas— y muestra potencial para predecir la reincidencia, la falta de transparencia

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algorítmica sigue siendo la principal preocupación; por eso, juristas como Flavia Carbonell
Bellolio (2022) y Jonatan Valenzuela Saldías (2023), advierten que la opacidad de estos sistemas
dificulta el derecho a la defensa y la posibilidad de apelar decisiones automatizadas, reafirmando
que la tecnología nunca podrá sustituir el juicio ético y prudencial del ser humano, lo que conlleva
a tener una responsabilidad humana al usar estás tecnologías, no solo en Chile sino en todo el
mundo.
Smart Courts
Los tribunales han sido históricamente los máximos representantes de la justicia
institucional en el mundo. Las diversas culturas en sus correspondientes espacio-tiempo, han
tenido a bien estructurar sistemas que diriman controversias suscitadas entre particulares, con el
fin de acatar mandamientos cuyos efectos sean vinculantes. A este respecto, la forma en la que
históricamente se han desempeñado los Tribunales, ha sido a resultas del criterio humano que
tiene como propósito que el acceso a la justicia comprenda procedimientos con la menor cantidad
de vicios que perjudiquen a los promoventes; por ejemplo, las dilaciones procesales, la inadecuada
defensa, así como errores que atañen a los postulantes, actos y omisiones de las autoridades
judiciales que trasciendan al resultado del fallo. Aunado a esto, en el contexto mexicano, se estima
que cada vez existe un número al alza de promoventes, lo que implica que hay una mayor apertura
y asequibilidad a los Tribunales; sin embargo, lo anterior no se convierte en una garantía para
tener por patente el derecho al acceso a la justicia; tan es así que, en las diversas instancias
judiciales y materias jurídicas, se ha optado por reformar los procedimientos con el fin de que las
etapas procedimentales de cada juicio tengan mayor factibilidad de ser substanciadas evitando
recargas de actividades que no permitan la tramitación en sus términos. No obstante, si hay algo
que no deben soslayar los órganos judiciales, es que, a partir de la transformación del mundo en
diversos ámbitos, pueden optar por adaptarse y acoger algunas de las herramientas jurídicas
contemporáneas que han surgido, con el fin de mejorar la calidad del derecho al acceso y tutela
judicial.
En ese orden de ideas, mediante el estudio y análisis de fuentes varias, se presenta una
valoración comparativa del funcionamiento del sistema judicial chino, al tenor de sus
innovaciones de carácter tecnológicas, para asimilar los factores que han llevado al país oriental
a posicionarse en el estatus que se plantea y con ello integrar un sistema que sirva de ejemplo para
extrapolarlo al caso mexicano.
Se sabe que, durante el periodo de pandemia -ubicado entre los años 2020 y 2022- quienes
recibieron los primeros impactos y tuvieron que adaptarse a la llamada nueva normalidad —en
primera instancia— lo fue el país asiático de China. El marco referencial en el que se
constituyeron estos tribunales inteligentes, fue en julio del año 2015, bajo el término “Smart
Court” (Tribunal Inteligente o de Internet), con el propósito de anunciar al mundo la apertura de
órganos judiciales con un funcionamiento digitalizado, es decir, a través de las plataformas de

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internet, consistente en substanciar los procedimientos a partir del auxilio de la integración
tecnológica, sin prescindir de la figura de un juez como director o gestor del procedimiento. Para
tales efectos, la diferenciación funcional de estos órganos jurisdiccionales parte del necesario uso
del internet, así como de big data y el total uso de la IA.
Por ello, en octubre del 2015 se lanzó el programa piloto Smart Courts, cuya competencia
estaba centrada en los asuntos referentes a comercialización electrónica; este sistema fue el
antecedente directo del Tribunal de Internet que se encuentra en Hangzhou, el cual fue instituido
el 26 de junio de 2017 mediante la 36.ª reunión del Grupo Dirigente Central del PCCh (DW
Global Media Forum, 2020) para la Profundización Integral de las Reformas, siendo este el primer
Tribunal cuyo abocamiento al área digital es casi integral.
En ese orden de ideas, China desarrolló el concepto de Tribunales en línea con un alcance
mayor al del litigio digital, mientras el segundo de los conceptos, se refiere a medidas tendientes
al auxilio de la justicia con mecanismos electrónicos; respecto a la institucionalización de las
Smart Courts, se trata de un cuerpo judicial totalmente digitalizado, que prescinde de muchas de
las actividades realizadas hoy por hoy a través de auxiliares del juzgado o sus propios servidores
públicos.
Lo anterior, resulta ser contrastante con los Tribunales de Latinoamérica y, especialmente,
de México, pues destacan las deficiencias emanadas de la adquisición y adaptación a las nuevas
estrategias y mecanismos que aporta la tecnología; indiscutiblemente, es evidente que los actuales
órganos jurisdiccionales de la nación luchan constantemente con la falta de personal, el exceso de
trabajo y herramientas rudimentarias para el control y manejo de los juzgados. Es visible que los
órganos judiciales que más se adaptan a las estrategias tecnológicas son los de competencia
federal, y aun en dichas circunstancias, es notorio que la capacidad de estos Tribunales y Juzgados
podría mejorar la excelencia resultante, toda vez que, en la actualidad los órganos luchan con la
carga excesiva de trabajo que deviene en dilaciones procedimentales que terminan perjudicando
y afectando la esfera de derechos humanos de las partes de un procedimiento. Esta es la razón por
la que algunos Estados han incorporado a sus instancias judiciales la viabilidad de substanciar los
asuntos vía electrónica, precisamente porque es una opción factible para aquellos procedimientos
escasamente complejos.
Empero, al otro extremo del planeta la realidad se vuelve distinta dentro de cada una de las
áreas de vida del ciudadano; en este sentido, China representa un símbolo naciente de auge e
innovación sin precedentes; igualmente, este país tiene un intenso interés por un avance constante
en los sistemas algorítmicos de vanguardia, potenciando sus sistemas de gobierno; por lo que no
es sorpresa ni desatino señalar que la organización jurídica China ha experimentado cambios
sustanciales que benefician la substanciación de los procedimientos. En lo conducente, China se
jacta de tener la primera Corte de Internet que se regula con el Reglamento de los Tribunales
Inteligentes (Revista de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, 2022), el cual se

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pronuncia sobre los términos, funcionamientos, facultades, competencia y demás instituciones
jurídicas que le conforman, para un correcto manejo de los procedimientos digitalizados, con
inclusión de herramientas derivadas de la Inteligencia Artificial. Si bien, la competencia de este
Tribunal refiere a asuntos relacionados estrechamente con el ámbito digital, esto no deja de ser
un preponderante precedente para la substanciación de procedimientos en el área digital y es que,
es ineludible que la IA ha llegado a trastornar la vida común de las masas.
Por el momento, la República de China ha acelerado su uso de la IA dentro del poder
judicial; respecto a lo anterior, el Estado ha presentado recientemente una reforma de Tribunales
Inteligentes integrados sistemáticamente por herramientas y algoritmos que faciliten el quehacer
judicial. Esto confirma que el país asiático está sumamente entusiasmado por la integración de
este elemento digital en sus Tribunales, con miras a que su propuesta de digitalización completa
y sistemática de los organismos jurisdiccionales se cumpla en el 2030; esto implica que, cada uno
de los Tribunales utilice como herramienta esencial la IA en cada etapa del funcionamiento de los
procedimientos, sin que lo anterior sea un perjuicio para la labor del ser humano, sino por el
contrario, que funja como herramienta auxiliar.
El desarrollo e innovación de China no es sorpresa, el contexto sociocultural indica que los
gobernados tienden a dirimir los problemas jurídicos primando la practicidad y dejando de lado
el formulismo rígido en el que se encuentran inmersos los sistemas de justicia tradicionales; en
este sentido, las grandes ciudades chinas se han visto inmersas en el avance tecnológico desde
hace varias décadas, por lo que esta herramienta ha facilitado sus vidas en gran medida, al ser un
país desarrollado; en consecuencia, su adaptación al modelo digital de la justicia no fue ni razón
de asombro, como tampoco ha sido una barrera de justicia en virtud de que el país se encuentra
inmerso en una alfabetización digital que les ha permitido estar a la vanguardia; pues “el gobierno
chino aspira a convertirse en un actor global en el desarrollo de la IA y tiene la capacidad de
orientar sus industrias hacia este objetivo” (Reiling & Papagianneas, 2025).
En esa tesitura, el estado chino cuenta con tres tribunales cuya funcionalidad dependen
estrechamente del uso de medios digitales:
Tribunal Hangzhou: fue el primer Smart Court formalmente constituido en el año 2017; en
sus primeros tres años de operaciones el número de casos resueltos oscilaba sobre 90 000; su
competencia refiere a conocer de los asuntos atinentes a la materia civil y administrativa en el
tenor del ámbito digital o de internet. De forma particularizada, tienen una plataforma útil para la
presentación de demandas vía en línea, sin embargo, en lugar de servirse de una firma electrónica,
emplean datos biométricos y tecnología del blockchain, con la que analizan las pruebas ofrecidas
por las partes con el fin de asegurarse de que no sean ilícitas; todo el trámite de la demanda se
substancia en línea, al igual que la ejecución de las sentencias que han causado estado
(Papagianneas, 2023).

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Tribunal Beijing: este se erigió en el año 2018, se destaca que, en sus primeros cuatro años
de existencia, resolvió más de 150 000 casos y ha permitido reducir el tiempo de los juicios a un
promedio de 76 días. Por otro lado, su competencia refiere a los asuntos relacionados a la
propiedad intelectual, comercio electrónico, ciberseguridad, litigios de interés público suscitados
en internet, así como problemas jurídicos derivados del uso de aplicaciones y plataformas
digitales, en particular, del e-commerce, entre otros; todos ellos relacionados con las materias
civil, mercantil y administrativa (Papagianneas, 2023).
Tribunal Shanghái: este tribunal inició sus funciones en el año 2019; para la substanciación
de los asuntos la inteligencia artificial, incorpora macrodatos y blockchains dentro de su
competencia de índole penal; se basa en un sistema denominado “206”, que es una plataforma
que funciona con inteligencia artificial para que el juez dicte mejor la resolución de los casos, esto
conlleva que sus actividades versen sobre el equivalente a lo que haría un auxiliar o meritorio,
hasta el rol de un fiscal, por ejemplo, imputar cargos, examinar y desahogar las pruebas, así como
proveer una valoración previa de ellas, la transcripción de las posiciones y sus respuestas dentro
de la práctica de las confesionales o su equivalente en el caso de las testimoniales, entre otras
funciones (Papagianneas, 2023).
A partir de lo anterior, conviene resaltar un caso emblemático que fue resuelto en el
Tribunal de Beijing, y cuya trascendencia ha alcanzado a ser un precedente internacional. Film
vs. Baidu (Beijing internet court, 2019), fue una controversia que se suscitó en el año 2018 y se
substanció en el Tribunal de Internet de Beijing. Esta disputa legal se produjo entre la firma legal
Film al demandar a Baidu, una empresa de tecnología. Los antecedentes consisten en que un
abogado del bufete utilizó herramientas de IA para generar un reporte digital que posteriormente
fue publicado, para luego ser replicado por un usuario que omitió otorgar los derechos de autor
correspondientes; la controversia medular versó sobre la dilucidación de la infracción de los
derechos de propiedad intelectual, pese a que la autoría del reporte digital en cuestión había sido
generada con el auxilio de la IA. El Tribunal de Beijing resolvió el pago de una reparación a favor
de Film por la cantidad de $226 dólares, argumentando que, si bien los trabajos generados por un
sistema de IA no son protegidos por la normativa de propiedad intelectual, estos no pueden ser
utilizados libremente, pues se tratar de asegurar el esfuerzo y trabajo de las personas que
estuvieron detrás de la herramienta.
Ante dichas circunstancias, México ha tenido que adaptarse a estas modalidades con el fin
de materializar el acceso a la tutela judicial efectiva. La pandemia del COVID-19 del año 2020 al
2022, dejó en evidencia que los Tribunales mexicanos han carecido de innovaciones que permitan
el verdadero acceso a la justicia, retrasando con esto los procedimientos que llegan a los juzgados
de primera instancia. A partir de la contingencia ocasionada por la pandemia del coronavirus, las
instancias federales optaron por un mejoramiento de comunicación de sus Tribunales con los
litigantes y abogados postulantes, en este sentido, se optó por un sistema de consulta en línea de

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las listas de acuerdos, acceso al expediente electrónico, presentación de demandas, promociones,
incidentes y demás ocursos a través de un usuario que funciona con firma electrónica, también
llamada FIREL (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2026), en el Portal de Servicios en
Línea del Poder Judicial de la Federación, así como la expedición de copias certificadas
descargando las mismas constancias del expediente electrónico al que se tiene acceso.
Dentro del ámbito digital, la FIREL y el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de
la Federación, han resultado ser severamente útiles para las partes y la substanciación de los
procedimientos de los que conocen los Juzgados de Distrito, los Tribunales Colegiados e incluso
los Tribunales Federales Laborales; por ejemplo, cuando un gobernado busca presentar su
demanda de amparo vía electrónica, tiene que acceder primero a la realización de su certificado
digital, cuya tramitación inicia al generar la solicitud de su requerimiento; posteriormente a ello,
se ejecutan una serie de pasos ante la aplicación de FIREL, en la cual se hace un escaneo facial,
así como de la identificación oficial, las huellas y, finalmente, se hace la suscripción de la firma,
documento que servirá para la expedición de la firma digital, la cual es útil para la presentación
de escritos en línea, que van desde inicios de procedimientos hasta promociones o escritos de
trámite, así como también resulta útil para la notificación electrónica y demás actividades que
facilitan el procedimiento.
En el mismo sentido, la Suprema Corte Justicia de la Nación cuenta con un sistema
digitalizado para que los cibernautas accedan a los engroses de sentencias relevantes, la lista de
precedentes y criterios judiciales, con el fin de permitir un mejor acceso a la tutela judicial; de
igual modo, dentro de estas publicaciones de criterios aislados y jurisprudenciales a través del
Semanario Judicial de la Federación (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2026) que a su vez,
cuenta con un algoritmo de IA llamado JusticIA (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2025)
que funge como asistente de IA y facilita la búsqueda de criterios emitidos por la Suprema Corte
de Justicia de la Nación o, en su caso, aquellos que han sido recopilados por el Máximo Tribunal.
Sin embargo, los casos de China vs. México en esta materia distan mucho, pues la
pretenciosa comparativa que se busca hacer no tiene un sostén del cual poderse fundamentar
sólidamente; no obstante, respecto a ella, la pretensión refiere a denotar las áreas de oportunidad
en las cuales el Estado Mexicano puede aprovechar al tenor de la obra judicial suscitada en el
Estado chino, pues si bien difieren en gran medida, es cierto que México no puede soslayar que
existen herramientas que puede optar para adaptarlas a su sistema jurídico.
Pese a que superficialmente se podría asumir la inexistencia de desventajas ante la
digitalización de las instancias judiciales, no hay que eludir que hasta la fecha se han desarrollado
diversas tecnologías que no están exentas de fallas y áreas en las cuales ser susceptibles de
corrección urgente; en ese contexto, aunque se hace evidente que la implementación de instancias
digitalizadas fungirían como aceleradores de procedimientos judiciales, optimizando las
actividades que en los tribunales tradiciones serían ejecutadas por los servidores, así como

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aumentaría la seguridad jurídica incrementando la garantía del acceso a la justicia, en atinencia a
la verificación de los expedientes y el mejoramiento de los derechos a ofrecer, desahogar y valorar
pruebas, así como su tramitación de forma más sencilla, es inevitable hablar de que en el contexto
mexicano existe una brecha digital que, pese a que este sistema mejoraría el acceso a la justicia,
también deja en evidencia otra problemática sociocultural relacionada al índice de las personas
que se les denomina como “analfabetas digitales”, o quienes no cuentan con una asequibilidad
para obtener herramientas de internet y equipo para utilizarlo.
Uno de los factores que permiten que la innovación tecnológica del Poder Judicial Chino
se encuentra enraizado en el origen de su funcionamiento y facultades, es que el ámbito judicial
corresponde al mismo gobierno, por lo que las implementaciones de innovación que brinda la
misma administración a los recursos chinos, se ve directamente relacionado con la primacía de
un avance esencialmente tecnológico dentro de la rama judicial, por lo tanto, el gobierno chino se
sirve de las innovaciones para que sean implementadas a la vanguardia dentro de la función
pública per se. Contraste claro con el caso mexicano.
En este tenor, el desafío no sólo se vuelve tecnológico. Si el Estado mexicano tiene a bien
aperturar su sistema judicial a las innovaciones que proveen la tecnología, debe tener en
consideración que dicho reto tiene un alcance social que va más allá de la superficial aplicación
de nuevas tecnologías, toda vez que, actualmente se puede traer a colación del presente artículo,
la existencia de una brecha digital que debe superarse a través de mecanismos efectivos para la
aplicación de programas de integración completa de instituciones asimiladas a las Smart Courts
en México.
A todo esto, el principal factor que propicia el éxito de estas salas inteligentes en la
jurisdicción mexicana, será una cultura digitalizada que provea de soluciones las cuales sean
evidentes para los usuarios; pues inicialmente el Estado mexicano debe proveer políticas públicas
que eduquen a la sociedad mexicana en este ámbito; dado a que, de lo contrario, la digitalización
de las salas judiciales se puede convertir en una barrera para el acceso a la justicia, lo cual se
contrapone al beneficio social.
CONCLUSIONES
La investigación permite advertir cuatro características esenciales que distinguen a
Expertius, Predictos, PretorIA y a las Smarts Courts: 1) realizan análisis masivo de información;
2) buscan correlaciones; 3) determinan montos de cuantías o indemnizaciones; 4) anticipan el
resultado de las sentencias basadas en precedentes; 5) operan con base en lo que indica la
estadística; 6) reducen los tiempos para resolver las controversias legales.
El impulso de la tecnología avanzada en la justicia predictiva, pone de manifiesto la
necesidad de introducir en la práctica legal el uso de herramientas inteligentes, como apoyo en la
impartición de justicia y en la representación legal, con el propósito de mejorar la gestión de las

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cargas procesales y brindarle celeridad a la resolución de las controversias legales; sin que esto
represente el reemplazo del criterio concebido por el operador jurídico —juez, abogado, fiscal—
China avanza a pasos agigantados en el uso de sistemas jurídicos inteligentes, —a
diferencia de países latinoamericanos como México, Colombia y Chile— y demuestra que la
incorporación de la Inteligencia Artificial en el campo del derecho, no se trata de una cuestión
futurista, sino que, la automatización de funciones jurídicas y el desarrollo de procedimientos
legales totalmente en línea, es parte de una nueva forma de concebir el derecho.
Existen opiniones a favor y en contra de los programas inteligentes; no obstante, en
realidad, el verdadero conflicto surge cuando se pone en tela de duda la transparencia y coherencia
con la que opera el sistema, puesto que más allá de mecanizar el derecho, existe el riesgo de que
elimine la interpretación sensible del contexto, en favor de la respuesta que estadísticamente es
más probable.
Finalmente, Expertius, Predictos, PretorIA y las Smarts Courts, apuestan a una nueva
realidad de trabajo que exige que el profesional del derecho se capacite en el uso de dichos
programas, sin hacer a un lado la valoración de las necesidades humanas y matices sociales que
se hacen presentes en cualquier controversia jurídica.

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